Donaciones a iglesias no son deducibles del tributo de renta

Las donaciones que se realicen a iglesias no son deducibles del impuesto sobre la renta, excepto que se hagan obras visibles de bien social con todo el dinero aportado.Así lo señaló el director general de Tributación, Francisco Villalobos, con base en un estudio efectuado sobre una resolución de la Sala I de la Corte Suprema de Justicia, publicada la semana pasada.El análisis jurídico hecho por Yamileth Vega, de Tributación, precisa que el fallo es vinculante solo para el caso de las donaciones.'Esta sentencia es vinculante para el caso concreto (') todavía no es jurisprudencia vinculante porque no hay dos o más casos similares; esto significa que no obliga todavía para que en todos los casos iguales a este se le aplique esa sentencia. Sin embargo, debe tomarse en cuenta que es de los más altos tribunales', consideró Vega.En dicha resolución, la Sala señaló que 'una cosa son las obras de bien social, como aquellas que tiene una proyección benéfica en la sociedad y otras son las religiosas que tendrán distintos propósitos, los cuales no necesariamente implican una obra de bien social'.La historia en breve. La resolución de la Sala I surgió por un reclamo de la Fundación Seminario Diocesano Misionero Redemptoris Mater Nuestra Señora de los Ángeles...

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