EDICTO

Fecha de publicación03 Septiembre 2020
Número de registroIN2020480225
EmisorRégimen Municipal

EDICTO

Marbett Cortés Espinoza, cédula N° 5-0319-0250, solicitante de concesión de la parcela N° 119 de Playa Coyote. Con base en la Ley de Zona Marítimo Terrestre N° 6043 del 02 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 7841-P de 16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en Playa Coyote, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste, parcela identificada con el número 119. Mide: 900,00 metros cuadrados, para darle un Uso de Residencial Turístico. Sus linderos son: norte: zona pública (manglar), sur: calle pública, este: zona restringida de la Zona Marítima Terrestre (lote 118), oeste: zona restringida de la Zona Marítima Terrestre (lote 120). Se concede a los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de ésta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la municipalidad ante la oficina del alcalde municipal. El opositor debe identificarse debidamente.

Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Departamento de Zona Marítimo Terrestre.—Jokcuan Ajú Altamirano, Encargado.— 1 vez.—( IN2020480225 ).

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