EDICTO

Fecha de publicación12 Abril 2021
Número de registroIN2021539884
EmisorRégimen Municipal

EDICTO

El Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Santa Cruz, comunica que la persona jurídica Textar de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-293911, con domicilio fiscal en San José, Cantón Central, distrito Merced, calle 20, avenida 5, frente a la terminal de buses de Tralapa, provincia de San José, representada por su presidente con representación judicial y extrajudicial, señor Jorge Arredondo Calderón, cédula N° 501100206; con base en la Ley N° 6043 de Zona Marítimo Terrestre del 2 de marzo de 1977 y su Reglamento N° 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno que se tramita bajo el Expediente Administrativo N° 2,075-17, ubicada en la zona restringida de la Zona Marítimo Terrestre del sector costero de Playa Avellanas, distritoVeintisiete de Abril, del cantón 3º Santa Cruz de la provincia de Guanacaste; mide: mil nueve metros cuadrados (1,009 M²), y se ubica en Área Núcleo para Atracciones Turísticas (TAN-1), según plano catastrado N° 5-2204959-2020, según Plan Regulador Costero vigente de Avellanas-Junquillal. Linderos: norte y oeste: con calle pública, al sur y al este: con Municipalidad de Santa Cruz. Con fundamento en el artículo 38 del Reglamento de la Ley N° 6043 de Zona Marítimo Terrestre, se conceden 30 días hábiles contados a partir de esta publicación para oír oposiciones. Las oposiciones deberán presentarse ante el Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Santa Cruz dentro del plazo otorgado por ley, las cuales deberán venir acompañadas de dos juegos de copias. Además, se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno al solicitante sobre la concesión, hasta que se cumpla con todos los requisitos establecidos en la Ley N° 6043, sobre Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento, y sea aprobada por el Instituto Costarricense de Turismo. La misma se realiza sin perjuicio de que las futuras disposiciones, modificaciones o actualizaciones del actual plan regulador costero, que varíen el destino de la parcela. Es todo. Dado en la ciudad de Santa Cruz, Guanacaste, el veintiuno de julio del dos mil veinte.

Departamento de Zona Marítimo Terrestre.—Lic. Onías Contreras Moreno, Jefe.—1 vez.—( IN2021539884 ).

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