Educadores gais podrán trasladar pensión al morir

Un criterio de la Procuraduría General de la República (PGR) concluyó que no existen razones para negar el beneficio de la pensión por viudez a las parejas del mismo sexo adscritas al régimen de reparto del Magisterio Nacional.

La Junta de Pensiones del Magisterio (Jupema) ya había aprobado, desde el año pasado, una reforma que extendía el derecho a acceder a una pensión por viudez a las parejas del mismo sexo para los contribuyentes del sistema de capitalización.

Empero, estaba pendiente la aplicación de este beneficio a los cotizantes del régimen transitorio de reparto, el cual se paga con Presupuesto Nacional. Este cubre a los contribuyentes que ingresaron a laborar antes del 15 de julio de 1992.

La posición de la Procuraduría se dio en respuesta a una consulta de la Dirección Nacional de Pensiones para determinar si era factible otorgar la pensión por supervivencia a convivientes del mismo sexo por medio de un reglamento de la Dirección Nacional de Pensiones, o si se requería que la Asamblea Legislativa reformara la ley del sistema de pensiones y jubilaciones del Magisterio Nacional.

La PGR consideró que privar de ese beneficio a las parejas del mismo sexo constituye una 'discriminación directa por motivos de orientación sexual (...), y, por ende, contraria al Derecho Internacional y a la Constitución Política'. Asimismo, no estimó necesaria la modificación de la ley.

En el dictamen también se establece que la acepción 'compañero (a) de convivencia' no hace distinción entre parejas heterosexuales y del mismo sexo.

Para el viceministro de Trabajo del Área Social, Juan Alfaro, la respuesta de la PGR ayuda a determinar con exactitud y seguridad jurídica el camino que debe seguir la Dirección Nacional de Pensiones para la implementación del...

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