EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE HEREDIA S. A.

Fecha de publicación03 Septiembre 2020
Número de registroIN2020480201
EmisorAVISOS

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE HEREDIA S. A.

La Junta Directiva de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia S. A., en la sesión número cuatro mil treinta-C de fecha veinticuatro de agosto del año dos mil veinte, en su artículo cuarto, inciso tres/tres punto dos y mediante Acuerdos JD ciento cuarenta y tres guión dos mil veinte aprobó la modificación al Reglamento de Asociaciones Empresariales ESPH S. A. en lo que respecta al artículo 1, y artículo 39 BIS, de la siguiente manera:

Acuerdo JD 143-2020

1ºAprobar la modificación al Reglamento de Asociaciones Empresariales de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia S. A., que fue aprobado mediante acuerdo JD 116-2018 de la sesión N° 3835-C de fecha 21 de mayo de 2018 publicado en el Alcance N° 131 del periódico Oficial La Gaceta N° 127 del 13 de julio de 2018 para que se incluya lo siguiente:

I. Incluir en el artículo 1, denominadoObjetivo” el siguiente punto:

1.3. La selección de terceros proveedores para la suscripción conjunta o consorciada de ofertas que serán presentadas en procesos de contratación o concurso público conforme a normativa vigente en materia de compras públicas, serán elegidos con vista al procedimiento establecido en el artículo 39 bis, sin necesidad de recurrir a la conformación del banco de oferentes.

II. Incluir en el Artículo 39 bis, con el siguiente texto:

La selección de uno o más aliados, para la suscripción conjunta o consorciada de una oferta que será presentada en un proceso de contratación o concurso público conforme a normativa vigente en materia de compras públicas, se tramitaran con las siguientes consideraciones:

El Negocio interesado, conformara, tramitara y custodiara un expediente donde se identifique la institución y el concurso público en que se pretende participar, la oportunidad empresarial, el esquema económico y la identificación de las razones por las cuales resulta necesario suscribir la oferta en consorcio o en conjunto.

El expediente acreditará plenamente las razones suficientes de oportunidad y conveniencia en la selección del aliado, así como 1) Análisis de Conocimiento y experiencia técnica. 2) Análisis de Estabilidad Financiera. 3) Análisis de Experiencia Comercial. 4) Verificación del Régimen de Prohibiciones. 5) Verificación de otras obligaciones, como CCSS y cualquier otro estudio que el Negocio considere necesario para la protección de los intereses empresariales.

El Negocio, deberá acreditar los beneficios económicos esperados y realizar una adecuada valoración del riesgo asumido a la hora de suscribir la oferta, para ello, formalizará un acuerdo consorcial o de ofertante en conjunto, donde se podrá incluir cláusulas de multa, presentación de garantías o cualquier otro instrumento o requisito jurídico necesario para la protección del interés empresarial.

El acuerdo consorcial deberá contener como mínimo, los siguientes elementos: i) Lugar y fecha de constitución del consorcio; ii) Calidades, incluido domicilio y lugar para recibir notificaciones y capacidad de las partes; iii) Objeto; iv) Domicilio; v) Empresas que integran el consorcio y representantes; vi) Plazo del Acuerdo; el cual, deberá cubrir la totalidad del plazo contractual; vii) Obligaciones y Derechos de las partes; viii) Representante oficial del consorcio, con poder suficiente para actuar durante la fase de estudio de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago; ix) Porcentaje de participación de cada uno de los integrantes cuando resulte posible; x) Detalle de los aportes de cada uno de los miembros, sea en recursos económicos o bienes intangibles, y cualquier otra consideración, que resulte conveniente o necesaria.

El Negocio remitirá la propuesta de acuerdo consorcial o de oferta en conjunto a la Gerencia General para su aprobación y la posterior firma y presentación de la oferta en el proceso de contratación o concurso público.

2ºPublíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

3ºAcuerdo firme.

Rosibelle Montero Herrera, Secretaria Junta Directiva.— 1 vez.—( IN2020480201 ).

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