Establece la obligación de suministrar datos de localización al Sistema de emergencias 9-1-1, de 22 de Agosto de 2012

EmisorSuperintendencia de Telecomunicaciones

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

Mediante resolución del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones número RCS-251-2012 de las 9:45 horas del 22 de agosto 2012 se pronuncio sobre la obligación de suministrar datos de localización al SISTEMA DE EMERGENCIAS 9-1-1 de la siguiente manera:

  1. Ordenar a todos los operadores de redes públicas de telecomunicaciones y los proveedores de servicios de telecomunicaciones disponibles al público, que presten servicios de telefonía, que se originen,

    terminen o transiten por Costa Rica, que deberán entregar Sistema de Emergencias 9-1-1:

    ·

    La Información de localización de los abonados: Los operadores y proveedores deberán permitir al Sistema de Emergencias 9-1-1 acceder en línea al sistema de información que permite obtener la información de localización de sus usuarios. En el caso de la telefonía móvil se debe entregar la información de geoposicionamiento de los terminales móviles en coordenadas x y y,

    correspondientes a la latitud y longitud de su ubicación, con una precisión igual o menor a 300 metros, en la medida de lo posible el formato de las coordenadas geográficas debe ser en coordenadas decimales con una proyección ÓCRTM05”.

    ·

    La Información de los abonados: Los operadores y proveedores deberán entregar en el plazo máximo de un mes, a dicho Sistema, la información de sus abonados con los siguientes parámetros:

    i. Teléfono del abonado

    ii. Nombre completo del abonado

    iii. Número de identificación del abonado

    iv. Zona (provincia, cantón, distrito)

    v. Domicilio del abonado (dirección exacta)

    vi. Clase de servicio telefónico

    ·

    La anterior información de los abonados debe ser entregada al Sistema de Emergencias 9-1-1 con una frecuencia mensual.

  2. Apercibir a los operadores y proveedores de servicios de telefonía, que de no cumplir con las instrucciones giradas en el Resuelve I, podrían estar incurriendo en una infracción...

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