Expediente N° 20.350 No IN2018236933

Fecha de publicación03 Mayo 2018
Número de registroIN2018236933
EmisorPoder Legislativo

ARTÍCULO ÚNICO.- Para que se adicione un párrafo último al Transitorio Primero de la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, N.° 9047, de 25 de junio de 2012, y sus reformas:

“Transitorio I.-

[…]

Se concede un plazo de ciento ochenta días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta ley, para que los titulares de patentes de licores adquiridas mediante Ley N.° 10, Ley sobre Venta de Licores, de 7 de octubre de 1936, puedan ejercer el derecho de transmitirla a un tercero en los términos del derogado ordinal 17 de dicha ley, por medio de un documento que indique la voluntad de las partes debidamente protocolizado o por resolución judicial.

Una vez vencido este plazo, quien sea titular de dicha licencia no podrá venderla, canjearla, arrendarla, transferirla, traspasarla ni enajenarla en forma alguna, ya que deberá ajustarse a todas y cada una de las disposiciones contenidas en esta Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, Nº 9047.

Rige a partir de su publicación.

Nota: este expediente puede ser consultado en la Comisión de Gobierno y Administración.

1 vez.—Exonerado.—( IN2018236933 ).

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