Fe De Errata No. IN2021577585

Fecha de publicación27 Agosto 2021
Número de registroIN2021577585
EmisorJUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL

Que la lista de los requisitos para los diversos trámites de pensión que realiza JUPEMA, se publicaron en La Gaceta (Alcance Digital 159) del 2 de setiembre del 2016; posteriormente se realizaron algunas modificaciones:

En el Alcance Digital 229 del 29 de noviembre del 2016.

En el Alcance Digital Nº12 del 23 de enero 201.

En el Alcance Digital, el 53 del 06 de marzo del 2018.

En el 2019 se publicaron en el Alcance Digital 20 del 29 de enero del 2019 y en el Alcance Digital 228 del 29 de noviembre del 2019.

En el Alcance Digital 187 del 30 de julio de 2020.

En el Alcance digital 293 del 15 de diciembre de 2020.

No obstante, los mismos deben cambiar en el siguiente aspecto:

Régimen Transitorio de Reparto

En el protocolo PENSIÓN POR SUCESIÓN HERMANOS Y/O NIETOS (MAYORES, MENORES) O DISCAPACITADOS, LÉASE CORRECTAMENTE: PENSIÓN POR SUCESIÓN HERMANOS (MAYORES, MENORES) O DISCAPACITADOS.

Asimismo, se elimina el apartado que indica:

“En caso de nietos, estudio socioeconómico para demostrar la dependencia económica con el causante (realizado por las trabajadoras sociales de JUPEMA). No aplica ley 7531; para todas las leyes se debe valorar si existe una persona con mejor derecho”.

San José, 19 de agosto del 2021.—Licda. Laura Alpízar Fallas, Encargada Unidad Servicio al Afiliado.—1 vez.—O. C. N° 43433.—Solicitud N° 288895.—( IN2021577585 ).

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