FE DE ERRATAS (IN2019319171)

Fecha de publicación07 Marzo 2019
Número de registroIN2019319171

000087.—En La Gaceta 151 del 31 de agosto del 2018, se publicó la Resolución Administrativa 001621 de fecha 09 de agosto del 2018, referida a diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble propiedad de Guiselle Bustos Jara, cédula de identidad 1-604-302; Roger Bustos Jara, cédula 1-527-0059; Gerardo Humberto Bustos Jara, cédula de identidad 1-548-211, y Johnny Alfredo Bustos Jara, cédula de identidad 1-683-701, necesario para la construcción del proyecto denominado “Circunvalación Norte, Ruta Nacional 39, Sección Calle Blancos”.

En dicha Resolución existe un error con uno de los propietarios, al omitir a la señora Noyli Bustos Jara, como propietaria registral del derecho 005, del inmueble inscrito en el Registro Inmobiliario, finca matrícula 197853-001-002-003-004-005. Como consecuencia de lo anterior, debe corregirse todas aquellas partes de la Resolución Administrativa 001621 de fecha 09 de agosto del 2018, en que se omite a la señora Noyli Bustos Jara, cédula de identidad 1-809-0823, como propietaria del derecho 005, de la siguiente manera, esto de conformidad con lo establecido en el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, que dispone que en cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales, de hecho o aritméticos.

En el punto d) del considerando, donde dice:

“d) Propiedad: Guiselle Bustos Jara, cédula 1-604-302, Roger Bustos Jara, cédula 1-527-059, Gerardo Humberto Bustos Jara, cédula 1-548-211, Johnny Alfredo Bustos Jara, cédula 1-683-701”.

Debe leerse correctamente:

“d) Propiedad: Guiselle Bustos Jara, cédula 1-604-302, Roger Bustos Jara, cédula 1-527-059, Gerardo Humberto Bustos Jara, cédula 1-548-211, Johnny Alfredo Bustos Jara, cédula 1-683-701, Noyli Bustos Jara, cédula 1-809-0823”.

En el punto primero de la parte dispositiva de la Resolución:

Donde dice:

“1º- …y propiedad de Guiselle Bustos Jara, cédula 1-604-302, Roger Bustos Jara, cédula 1-527-059, Gerardo Humberto Bustos Jara, cédula 1-548-211, Johnny Alfredo Bustos Jara, cédula 1-683-701…”.

Debe leerse correctamente:

“1º- … y propiedad de Guiselle Bustos Jara, cédula 1-604-302, Roger Bustos Jara, cédula 1-527-059, Gerardo Humberto Bustos Jara, cédula 1-548-211, Johnny Alfredo Bustos Jara, cédula 1-683-701, Noyli Bustos Jara, cédula 1-809-0823…”.

En lo no modificado, el resto de la Resolución...

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