Resolución

Fecha de publicación05 Agosto 2022
Número de registroIN2022665617
EmisorMUNICIPALIDADES

FEDERACIÓN OCCIDENTAL DE

MUNICIPALIDADES DE ALAJUELA

Por acuerdo N° 01-002-2022 AG, dictado por la asamblea general de la Federación Occidental de Municipalidades de Alajuela, FEDOMA, sesión extraordinaria N° 002-2022, celebrada el 08 de julio de 2022, con el quórum y votación requeridos, se ha acordado reformar el Estatuto de la Federación, únicamente en su artículo 38, para que sea leído de manera íntegra a partir de esta publicación, de la siguiente forma:

REFORMAR LOS ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN

OCCIDENTAL DE MUNICIPALIDADES DE ALAJUELA

Se reforma el Artículo 38, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 38.—Para cubrir los gastos ordinarios de la Federación, cada Municipalidad signataria le girará el cuatro por mil de su Presupuesto Ordinario, debiéndose desembolsar como máximo en tres tractos proporcionales en los meses de marzo, junio y setiembre, y con fecha máxima al 30 de setiembre, a efecto de posibilitar la operación de la Federación”.

Grecia, Alajuela, 29 de julio de 2022.—Licda. Natalia Garita Céspedes, Gestora Financiera, Federación Occidental de Municipalidades de Alajuela.—1 vez.—( IN2022665617).

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