Fija los valores promedio del autobús nuevo y valores tope máximo para cada uno de los tipos de autobús con reglas de cálculo tipo 2 con año de fabricación 2017, de 6 de Marzo de 2018

EmisorAutoridad Reguladora de Los Servicios Públicos

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

RIT-016-2018

San José, a las 15:45 horas del 6 de marzo de 2018

CONOCE EL DIRECTOR A.Í. DE LA INTENDENCIA DE TRANSPORTE SOBRE LA DETERMINACIÓN DE LOS VALORES PROMEDIO Y VALORES TOPE DEL AUTOBÚS NUEVO MODELO 2017.

EXPEDIENTE OT-112-2018

RESULTANDO QUE:

I. Mediante resolución RJD-035-2016 de las dieciséis horas del 25 de febrero de 2016, y publicada en el Alcance Digital N°35 de La GacetaN°46 del 7 de marzo de 2016, la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, aprueba la "Metodología para fijación ordinaria de tarifas para el servicio de transporte remunerado de personas, modalidad autobús".

II. El 19 de febrero de 2018, por oficio 384-IT-2018/43346, se emite el informe preliminar de la determinación de los valores promedio y valores tope de los autobuses nuevos modelo 2017, para cada tipo de unidad (folios 02 al 37).

III. Mediante oficio 385-IT-2018/43384 del 19 de febrero de 2018, el Intendente de Transporte solicita al Departamento de Gestión Documental la apertura del expediente, en el cual se tramitará la determinación de los valores promedio y valores tope de los autobuses nuevos modelo 2017 (folio 01).

IV. Mediante oficio 395-IT-2018/43603 del 20 de febrero de 2018, la Intendencia de Transporte solicita a la Dirección General de Atención al Usuario la convocatoria a consulta pública, según consta en el expediente administrativo (folios 38 al 39).

V. La convocatoria a consulta pública, se publica en los diarios La Extra, La Nación y La Teja del 26 de febrero de 2018 (folios 64 al 66) y en La Gaceta N°35 Alcance N°41 del 23 de febrero de 2018 (folio 50), según consta en el expediente administrativo.

VI. El informe de oposiciones y coadyuvancias, se emite por medio del oficio 946-DGAU-2018/45029 del 2 de marzo de 2018, de la Dirección General de Atención al Usuario, que corre agregado al expediente.

VII. El 5 de marzo de 2018, por oficio 467-IT-2018/45248, se emite el informe de la determinación de los valores promedio y valores tope delos autobuses nuevos modelo 2017, para cada tipo de unidad.

VIII. En ausencia del Intendente de Transporte, señor Enrique Muñoz Aguilar, con motivo de encontrarse en vacaciones entre el 1 y el 13 de marzo de 2018, resuelve este acto el señor Mauricio González Quesada, en su condición de Director a.í., según el oficio 575-RG-2017del Regulador General de la Aresep, nombramiento realizado a partir del 25 de agosto de 2017, que a la fecha se encuentra vigente. El Director de la Intendencia de Transporte sustituye al Intendente de Transporte durante sus ausencias temporales, tales como vacaciones, incapacidades y sustituciones temporales con motivo de la representación institucional, entre otros

IX. Se han cumplido las prescripciones de ley en los plazos y procedimientos.

CONSIDERANDO QUE:

I. Del oficio 467-IT-2018/45248 del 5 de marzo de 2018 que sirve de base para el dictado de la presente resolución, conviene extraer lo siguiente:

"(.)

1.Objetivo General:

Determinar los valores promedio y valores tope de los autobuses modelo 2017, para su utilización en la aplicación de la metodología tarifaria ordinaria de autobuses de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (resolución RJD-035-2016).

2.Fundamento legal:

El artículo 3.b) de la Ley No. 7593 y sus reformas establece que uno de los principios básicos de la regulación económica que compete a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), es el del servicio al costo, por medio del cual se "determina la forma de fijar las tarifas y los precios de los servicios públicos, de manera que se contemplen únicamente los costos necesarios para prestar el servicio, que permitan una retribución competitiva y garanticen el adecuado desarrollo de la actividad, de acuerdo con lo que establece el artículo 31".

Asimismo, se desprende del artículo 6.a) de la Ley No. 7593 y sus reformas, así como del artículo 17.6) del Reglamento Interno de Organización y Funciones es una obligación de la Aresep y de la Intendencia de Transporte "Regular y fiscalizar contable, financiera y técnicamente, a los prestadores de servicios públicos, para comprobar el correcto manejo de los factores que afectan el costo del servicio, ya sean las inversiones realizadas, el endeudamiento en que han incurrido, los niveles de ingresos percibidos, los costos y gastos efectuados o los ingresos percibidos y la rentabilidad o utilidad obtenida."

Además, conforme con el artículo 30 de la Ley 7593 y sus reformas, las fijaciones tarifarias de carácter ordinario son aquellas que contemplan factores de costo e inversión, de conformidad con lo estipulado en el inciso b) del artículo 3 de esa misma ley. Indudablemente, la flota vehicular con la que se presta el servicio constituye uno de los rubros de inversión más importante que realiza el empresario del servicio de transporte remunerado de personas modalidad autobús.

Igualmente, de acuerdo con la misma ley en su artículo 32, se indica que no se aceptan como costos de las empresas reguladas las inversiones rechazadas por la Aresep por considerarlas excesivas para la prestación del servicio público. Por ello resulta de vital importancia, que al rubro de inversión más importante que ejecutan las empresas reguladas, como es el caso del autobús, se le establezca un precio oficial a reconocer como parte de los costos a imputar para efectos del cálculo de tarifas ordinarias, de manera que se tenga certeza de los límites razonables de inversión y de reconocimiento del monto invertido. Este monto o precio debe definirse con base en fuentes primarias confiables y técnicas, cuyos valores estén a precios de mercado, es decir, a los precios en que los operadores del servicio compran los vehículos en el mercado.

Mediante la resolución RJD-035-2016 "Metodología para fijación ordinaria de tarifas para el servicio de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR