Reglamento de Asignación, Giro y Fiscalización de Recursos Económicos destinados a los Comités Cantonales de Deportes y Recreación consigandos en el Presupuesto del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, de 5 de Noviembre de 2003

EmisorInstituto Costarricense del Deporte y la Recreación

(Este Reglamento fue Derogado en sesión N° 557 del 1 de agosto de 2007)

El Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, con las facultades que al efecto le otorgan el artículo 3 incisos e) y n) de la Ley de Creación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación y del Régimen Jurídico de la Educación Física, el Deporte y la Recreación Nº 7800 del 30 de abril de 1998, publicada en el Alcance Nº 20 a La Gaceta Nº

102 del 29 de mayo de 1998, promulga el presente Reglamento de Asignación, Giro y Fiscalización de Recursos Económicos destinados a los Comités Cantonales de Deporte y Recreación consignados en el presupuesto del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación.

CAPÍTULO I De la asignación de fondos Articulo 1°—Definiciones. Para todos los efectos, cuando este Reglamento utilice los siguientes términos deben entenderse de la siguiente manera:

Aporte: Dinero o beneficio de cualquier tipo entregado al beneficiario.

Beneficiario: Cualquier comité cantonal de deportes y la recreación que reciba beneficios o aportes económicos del ICODER para el cumplimiento de sus fines.

Consejo: El Consejo Nacional del Deporte y la Recreación.

Contraloria: La Contraloría General de la República.

Convenio: Convenio de administración de fondos públicos suscrito entre el ICODER y el beneficiario del aporte.

Dirección: La Dirección Nacional del ICODER.

rea: Programa de mayor nivel en el proceso presupuestario conformada por la agregación de categorías programáticas de menor nivel.

Financiero: El Departamento Financiero u órgano similar del ICODER.

ICODER: Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación.

Comité Cantonal de Deporte y Recreación: órgano adscrito a la municipalidad respectiva, con personalidad jurídica instrumental para construir,

administrar y mantener las instalaciones deportivas de su propiedad u otorgadas en administración y para la ejecución de programas deportivos y recreativos.

C.C.D.R. Comité Cantonal de Deporte y Recreación.

Artículo 2º—Objeto.

El presente reglamento tiene por objeto regular el otorgamiento por el ICODER de beneficios patrimoniales gratuitos o sin contraprestación alguna a los Comités Cantonales de Deporte y Recreación, previa conformación de un expediente y con independencia del monto que se trate.

Artículos 3º—Sujetos beneficiarios. Podrán recibir aportes del ICODER todos aquellos C.C.D.R.,

que tengan planes de trabajo que el ICODER considere útiles para el cumplimiento de sus fines, así como aquellas que por ley obtengan ese beneficio.

Artículo 4º—Requisitos.

Para acceder a los beneficios del presente reglamento, la autoridad superior del C.C.D.R., deberá dirigir a la Dirección, una carta de presentación en la que se debe especificar, entre otros aspectos, los documentos que se están aportando y que se señalan a continuación:

A.

Original y copia del presupuesto, debidamente selladas y firmadas por los funcionarios autorizados, documento que debe seguir el formato que proponga el ICODER.

B.

Plan de Trabajo para el uso de los recursos según formato que proponga el ICODER.

C.

Copia fiel del acta o transcripción del acuerdo de aprobación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR