Gobierno veta plan que permite huelgas en servicios esenciales

El Gobierno vetó parcialmente ayer la Reforma Procesal Laboral al argumentar que permitiría las huelgas en los servicios públicos esenciales, como la Policía y los hospitales, situación que calificó de inconstitucional.

La administración de Laura Chinchilla apuntó una segunda razón para frenar el texto aprobado por 40 diputados hace tres semanas: el plan prohibiría al Gobierno contratar personal temporal para sustituir a los huelguistas cuando se interrumpen los servicios.

El anuncio lo hicieron Carlos Ricardo Benavides, ministro de la Presidencia; Francisco Chacón, ministro de Comunicación; y Sandra Piszk, ministra de Trabajo, cuya cartera había calificado el proyecto como la reforma laboral más importante desde la creación del Código de Trabajo, en 1943.

Benavides sostuvo anoche que el proyecto de ley se opone al artículo 61 de la Constitución Política, el cual reconoce el derecho de los trabajadores a la huelga salvo en el caso de los servicios públicos.

Según el titular de Presidencia, la Sala IV ha considerado como servicios indispensables aquellos que tienen que ver con la salud, la seguridad y la economía públicas.

El ministro puso como ejemplo la última huelga de anestesiólogos en la que, ante un recurso de una paciente que perdió una cirugía, el Tribunal dijo que el paro no se justificaba por ser un servicio esencial.

En el veto, el Gobierno también considera injustificable que se avalen huelgas en la Fuerza Pública o en la Policía Penitenciaria. El documento lo firman Chinchilla, Benavides, Piszk y el ministro de Justicia, Fernando Ferraro.

Sobre la contratación temporal, Benavides insistió en que es necesaria para atender, por ejemplo, una huelga de controladores aéreos que paralice los aeropuertos.

Molestos. Los sectores sindicales reaccionaron molestos ante el anuncio. Luis Chavarría, secretario general de la Unión de Empleados de la CCSS (Undeca), dijo que el gran problema es, entonces, qué pasa cuando el patrón violenta los derechos de los trabajadores.

'Inclusive la Organización Internacional del Trabajo (OIT) es clara en que, para ejercer la huelga en los servicios esenciales, lo que se necesita es una reglamentación en cada país, pero no prohibir abruptamente este derecho', alegó.

Benavides rechazó ese argumento y dijo que, según la OIT, cada Estado puede establecer limitaciones a huelgas en casos de seguridad, vida y salud.

Mónica Segnini...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR