Guardas privados podrán utilizar armas de fuego

Todos los guardas de seguridad privada podrán utilizar armas de fuego. Esto, luego de que el Tribunal Contencioso-Adminitrativo y Civil de Hacienda anuló una directriz del Ministerio de Seguridad Pública, que restringió el uso del armamento solo a algunas funciones.

El fallo lo tomaron los jueces el 17 de octubre, al resolver una impugnación interpuesta por la Cámara Nacional de la Industria de Seguridad.

Para los jueces, el Estado tiene plena potestad de ejercer control sobre el uso de las armas, pero la regulación 'debe ser dictada conforme y dentro de los límites que impone el ordenamiento jurídico', mediante un reglamento o un cambio en la ley y no con una directriz.

En la sentencia, además, determinaron que las regulaciones en esta materia deben devolverse al momento en que empezó a regir la instrucción, el 18 de julio del 2017.

Es decir, nuevamente pueden portar arma de fuego todos los trabajadores de seguridad privada que cumplan con los requisitos correspondientes.

El ministro...

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