Hace 50 años,7 de enero de 1969

Impuesto sí grava la venta de trajesEl servicio de sastrería está exento del pago del impuesto sobre las ventas, pero la venta final de los trajes confeccionados por ese servicio, sí está gravada por el citado tributo; así se expresó la Tributación Directa en reciente pronunciamiento. De tal manera, que si el mismo se presta independientemente de la venta de un corte de casimir o de cualquier otra tela, no paga el impuesto. Si el negocio vende los trajes directamente al público, como mercancía final, lógicamente el servicio de sastrería incorporado al mismo, debe tomarse en cuenta para efectos del cobro del impuesto sobre las ventas.Vehículo se estrella contra casa presidencialUn pesado vehículo de carga que tuvo un desperfecto mecánico en su sistema de frenos fue a estrellarse anteayer, en horas de la tarde, contra los árboles sembrados al lado norte de la Casa Presidencial en esta ciudad, dijo un reportero de las autoridades. El chofer del tráiler, J.F.Z.R., hizo lo imposible por detener la impetuosa marcha del vehículo, que irremisiblemente, fue a...

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