Iglesia católica costarricense activa protocolo de denuncias contra curas por abusos de menores

Trece meses después de que el papa Francisco girara nuevas órdenes para combatir los abusos sexuales a menores, la Iglesia católica de Costa Rica dio a conocer el nuevo protocolo de atención de denuncias contra curas y miembros del clero.Bajo el nuevo esquema, se crearon comisiones en cada una de las ocho diócesis nacionales, que estarán encargadas de darle acompañamiento a las víctimas, así como de realizar investigaciones preliminares sobre las denuncias.Esos espacios se unirán al Tribunal Eclesiástico de la Conferencia Episcopal, que antes centralizaba todas las denuncias canónicas interpuestas contra curas del país.De acuerdo con Lisandra Chaves, vocera de la comisión encargada de elaborar el protocolo, el fin es agilizar los procesos y facilitar el acceso a la justicia eclesiástica, como lo ordenó el papa Francisco en su carta apostólica "Vosotros sois la luz del mundo", en mayo de 2019."La publicación de esta línea guía corresponde a la claridad y el compromiso con que la Iglesia quiere manejar estos casos. Estas líneas van a ayudar en la actuación en casos de abuso sexual contra menores o adultos en vulnerabilidad por parte del clero y consagrados", afirmó Chaves.¿Cómo será el proceso?1. Cuando se presente una denuncia ante la comisión diocesana de protección al menor, el obispo deberá nombrar a un investigador para que presente, en el plazo máximo de un mes, una relación de hechos basada en testimonios de la víctima y sus testigos, así como posibles pruebas documentales.2. Luego, se designará a un instructor, quien en un plazo de 15 días deberá leer las pruebas al cura denunciado, para que este, en compañía de un abogado canónico, presente su defensa escrita.3. Cumplido el plazo, el instructor deberá a remitir, en los siguientes 15 días, el informe de conclusiones al obispo.4. En un plazo no mayor a 90 días hábiles desde que se presentó la denuncia canónica, el obispo deberá elevar el caso con su respectivo voto al Vaticano.5. Los casos serán estudiados por la Congregación para la Doctrina de la Fe.6. Ese órgano adscrito a la Santa Sede, podrá llamar a la víctima, testigo y acusado antes de dar su veredicto, en un plazo de 30 días hábiles.7. Según lo estipuló el Sumo Pontífice en su carta apostólica, la primera resolución deberá darse en un plazo total de 120 días hábiles.8. El resultado podrá ser apelado por la víctima o el acusado en los siguientes 60 días, una vez que las partes sean notificadas de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR