Imágenes llaman a confusión en redes; la Asamblea no debate una suspensión de garantías individuales

Imágenes que se distribuyen en redes como Whatsapp llaman a confusión para dar a entender que la Asamblea Legislativa debate una suspensión de garantías individuales con motivo de la pandemia de covid-19.No es cierto que el Congreso tramite una iniciativa en ese sentido.Lo que algunas personas están distribuyendo son imágenes de las agendas usuales del plenario legislativo, conocidas como "orden del día".En todas las sesiones legislativas, el punto número dos de la agenda siempre es "Suspensión de derechos y garantías, de conformidad con el inciso 7 del artículo 121 de la Constitución Política".Con base en imágenes de estas agendas, sugieren en redes que el Congreso debate el tema, pero es falso.El punto número dos del orden del día siempre es el mismo porque así lo ordena el artículo 35 reglamento legislativo, explicó Edel Reales, director del departamento de Secretaría del Directorio, órgano encargado de preparar todos los días la agenda del plenario.El reglamento legislativo le da un lugar prioritario a ese tipo de discusiones, sobre cualquier otro asunto, en el orden del día, continuó Reales.Así es porque el inciso 4 del artículo 140 de la Constitución establece que si el Poder Ejecutivo decreta una suspensión de derechos y garantías individuales a las que se refiere el artículo 121, durante un receso legislativo, deberá informar inmediatamente a la Asamblea.El Congreso debe reunirse...

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