Resolución

Fecha de publicación25 Octubre 2021
Número de registroIN2021594546
EmisorJUNTA DE PROTECCION SOCIAL

INSTITUCIÓN BENEMÉRITA

Comunica que según acuerdo JD-707 correspondiente al Capítulo VI), artículo 10) de la sesión extraordinaria 59-2021, celebrada el 07 de octubre 2021 se publican las siguientes modificaciones:

1- Incorporar las siguientes definiciones al “Reglamento para el establecimiento del Canal de Distribución de loterías preimpresas por medio de una plataforma tecnológica.”

Medios de pago: Formas de pago habilitados por el sistema financiero para la adquisición de las loterías preimpresas por medio de la web.

Monedero: Medio de pago utilizado para depositar un determinado monto de un premio ganador, el cual el jugador puede utilizar para adquirir los productos preimpresos a través del sitio web. De igual manera, se puede utilizar para transferir dinero al monedero y tener saldo disponible para la compra de lotería, sin necesidad de utilizar la tarjeta en cada pago.

2- Se ajusta el artículo 19 del “Reglamento para el establecimiento del Canal de Distribución de loterías preimpresas por medio de una plataforma tecnológica.”, quedando de la siguiente forma:

Artículo 19.—Del Cambio de Premios- El jugador registrará si desea que el pago se realice en efectivo, transferencia bancaria o se le deposite en el monedero.

En caso de pago en efectivo, el jugador se presentará en las oficinas de la JPS o en los lugares autorizados para tales efectos.

En el caso de transferencia bancaria deberá registrar una cuenta IBAN a su nombre o remitir un correo electrónico a premiojpsenlinea@jps.go.cr, solicitando que se realice la respectiva transferencia del premio.

En caso de que el pago sea por medio del monedero, el jugador deberá registrar a través de la plataforma, antes del sorteo, el monto máximo que se le podría depositar por este medio, respetando que el monto máximo a depositar previamente definido entre el Canal de Distribución y la Junta de Protección Social.

La Unidad de Pago de Premios, realizará los pagos por transferencia bancaria al día hábil siguiente de la realización del sorteo. En el caso de los premios superiores a $10.000, esa Unidad deberá enviar al correo electrónico registrado la certificación correspondiente, que permita validar el origen de los fondos.

3- Incorporar las siguientes definiciones al “Reglamento para realizar compras en el sitio web https://jpsenlinea.com/”

Medios de pago: Formas de pago habilitados por el sistema financiero para la adquisición de las loterías preimpresas por medio de la web.

Monedero: Medio de pago utilizado para depositar un determinado monto de un premio ganador, el cual el jugador puede utilizar para adquirir los productos preimpresos a través del sitio web. De igual manera, se puede utilizar para transferir dinero al monedero y tener saldo disponible para la compra de lotería, sin necesidad de utilizar la tarjeta en cada pago.

4- Ajustar el artículo 16 del “Reglamento para realizar compras en el sitio web https://jpsenlinea.com/”, quedando de la siguiente forma:

Artículo 16.—Del pago de Premios. El jugador registrará la forma de pago que desee, ya sea: que el pago se realice en efectivo, por transferencia bancaria o se le deposite en el monedero.

En caso de que el premio sea por transferencia, el jugador podrá registrar antes del sorteo su cuenta IBAN, activa y en colones, y autorizar a realizar una trasferencia por concepto del premio obtenido en caso de resultar ganador. Si el jugador desea matricular una cuenta IBAN diferente a la registrada inicialmente, deberá de actualizar los datos antes de cada sorteo, esta cuenta debe de ser a nombre del mismo interesado activa y en colones. El premio será depositado el día hábil siguiente de realizado el sorteo.

El premio será depositado el día hábil siguiente de realizado el sorteo.

En caso de que el jugador no registrará cuenta IBAN puede apersonarse a las Oficinas Centrales de la Junta para hacer efectivo su premio, con su cédula de identidad o documento de identidad vigente o remitir un correo electrónico a premiojpsenlinea@jps.go.cr, solicitando que se realice la respectiva transferencia del premio.

La cédula de identidad o documento de identidad vigente que presente la persona (mayor de 18 años) para el cambio de premios debe estar en perfecto estado de conservación, de tal forma que permita leer claramente la fecha de nacimiento, la fecha de vigencia del documento, así como que se pueda visualizar con nitidez la fotografía de la persona. El plazo para hacer efectivos los premios, es de sesenta días naturales contados a partir del día hábil siguiente a la realización del sorteo.

En caso de que el pago se realice a través del monedero, el jugador deberá registrar antes del sorteo el monto que autorizará se le deposite a través del mismo, montos superiores al registrado se pagaran según el medio registrado (transferencia bancaria o efectivo), respet...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR