Intereses de certificados adquiridos antes de julio mantendrán 8% de impuesto hasta el vencimiento

Si una persona suscribe un certificado de inversión, el 30 de junio de este año, por ¢1.000.000, a cinco años plazo, y a una tasa de interés anual del 10%, recibirá ¢100.000 de intereses y pagará ¢8.000 de impuesto sobre la renta, y así se quedará hasta el vencimiento.Sin embargo, este es un escenario que está a punto de cambiar. Si el inversionista hace ese mismo certificado un día después, el 1° de julio de este año, recibirá ¢100.000 de intereses, pero pagará ¢15.000 de impuesto sobre la renta y así se quedará por todo el periodo.Este cambio es debido a que el transitorio XXIII de la nueva Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas estableció que las inversiones que se hagan antes de la vigencia de la Ley continuarán teniendo el tratamiento tributario vigente hasta su vencimiento."Hay que tomar en consideración que la Ley, en el transitorio XXIII, establece que los instrumentos financieros, entiéndase títulos valores adquiridos con anterioridad a la entrada en vigencia a la ley, van a continuar pagando la tarifa del 8%, establecida en la ley vigente, hasta que el título venza, si ese instrumento o título se renueva a partir de su vencimiento se le aplicará la tarifa del 15%", explicó el director general de Tributación, Carlos Vargas."Los contribuyentes, que con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley hayan adquirido instrumentos financieros gravados con el impuesto establecido en el artículo 31 tercero, continuarán teniendo el tratamiento tributario vigente al momento de realizar la respectiva inversión o adquirir la obligación contractual. Las renovaciones que se realicen de dichos instrumentos se considerarán como un nuevo contrato y deberán tributar de conformidad con lo establecido en el artículo 31 ter (tercero)". Transitorio XXIII de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.Germán Morales, socio director de la empresa Grant Thornton, consideró que en el caso de los ahorros acumulados en asociaciones solidaristas o cooperativas, o rendimientos de fondos de inversión, se les aplicarán las nuevas tarifas sobre todo el monto porque estos instrumentos no tienen vencimiento.En el caso de excedentes de asociaciones solidaristas, por ejemplo, que se reparten en diciembre, como el acuerdo de la asociación se tomará en ese mes, entonces se aplicará la...

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