Reglamento Interno de Organización y funcionamiento de la Contraloría de Servicios de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, de 6 de Octubre de 2010

EmisorJunta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA CONTRALORÍA DE SERVICIOS DE LA JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL De conformidad con las disposiciones de las Leyes Nos. 7531 y 6227, así como la normativa que regula la creación y funcionamiento de las Contralorías de Servicios del Sector Público, la Junta Directiva como máximo jerarca, dicta el siguiente Reglamento para la Contraloría de Servicios de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional (en lo sucesivo Junta).

CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1º—Alcance. El presente cuerpo normativo es aplicable a la Contraloría de Servicios en su relación con las distintas unidades administrativas de la Junta y sus sucursales.

Artículo 2º—Deber de la Administración. Es deber de la Administración de la Junta, vigilar por el buen funcionamiento de los servicios que brindan las dependencias administrativas y técnicas a la membresía magisterial.

Artículo 3º—Derechos del usuario o cliente. Son derechos de todos los usuarios de los servicios, y en calidad de ciudadanos, recibir de la Junta servicios de óptima calidad, a plantear inconformidades, denuncias, necesidades, o sugerencias, respecto a los servicios que reciben y sobre las actuaciones de los funcionarios en el ejercicio de sus labores, cuando éstos afecten directa o indirectamente los servicios prestados. Además, tiene derecho a:

  1. Relación Personal: Saber con exactitud quien le presta el servicio y los procedimientos que se utilizan.

  2. Información: Los datos le sean comunicados en forma clara, completa, correcta, y en un lenguaje comprensible,

    a fin de que pueda orientarse en sus necesidades y demandas.

  3. No discriminación: A no ser excluido por razones sociales, económicas, culturales o de género, ni otras contrarias a la dignidad humana. Tiene derecho a que se respete la igualdad en todo sentido.

  4. Garantía de Servicio: Le sean ofrecidas las mayores facilidades para el adecuado ejercicio de su derecho.

  5. Condiciones: Tiene derecho a la mayor comodidad: adecuada ventilación, limpieza, iluminación, accesos físicos y sentido estético.

  6. Gestiones: A dirigirse a la Contraloría de Servicios, mediante sugerencias, consultas, quejas y denuncias.

  7. Gratuidad: A que la Junta cubra los gastos administrativos que genere su inconformidad.

    CAPÍTULO II De la Contraloría de Servicios Artículo 4ºCreación de la Contraloría de Servicios. La...

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