IVA, factura electrónica, sistemas para las declaraciones y tareas urgentes que usted debe realizar

A partir del 1.° de julio, los contribuyentes deberán aplicar el impuesto al valor agregado (IVA). Para esto, es recomendable que se preparen desde ya, a pesar de que el Ministerio de Hacienda aún tiene pendientes algunas tareas.Lo que sí es claro es que, a partir de esa fecha, usted deberá cobrar bienes y servicios, o pagarlos, de acuerdo con las diferentes tasas del IVA, para lo cual también tendrá que adaptar sus sistemas de facturación electrónica a la versión 4.3 emitida por Hacienda."No se pueden cometer errores. El contribuyente debe conversar con su proveedor de sistema de factura electrónica para hacer el ajuste", advirtió Bryan Mora, gerente de impuestos y legal de Deloitte.Recuerde que las declaraciones y pagos se realizan mensualmente, por lo que también tendrá que llevar a cabo ajustes informáticos o contar con sistemas que le permitan cumplir estas obligaciones.Ya varias empresas en el mercado cuentan con soluciones para estos trámites: GTI anunció la disponibilidad de un nuevo servicio, Q-Declaro, para sus clientes de factura electrónica, y la firma eTax, por su parte, lanzó también un producto con ese objetivo. Además, otras firmas como Softland, Tecapro, Fygaro, Procom y PC Puris confirmaron que sus soluciones están preparadas para cumplir los nuevos requerimientos."La responsabilidad del contribuyente es indicar cuál es su actividad y cuáles son los impuestos que le corresponden", advirtió Eduardo Vargas, director de eTax.Hacienda recomendó, además, verificar que la actividad económica estuviera actualizada en el sistema de Administración Tributaria Virtual (ATV).InevitableCada contribuyente debe tener claro cómo funcionará el IVA y cuáles son las tasas (13%, 4%, 2% y 1%), así como las exoneraciones y obligaciones que le corresponden.En esto hay múltiples variaciones por considerar. Por ejemplo, los servicios profesionales (incluyendo técnicos y profesionales) estarán sujetos al 13%. Sin embargo, algunos de ellos tienen tarifas reducidas, como los servicios de salud privados, sujetos al 4%.Los bienes y productos de la canasta básica tienen una tarifa diferenciada del 1%.Están exentos también los alquileres iguales o menores a 1,5 salarios base (¢669.300 en la actualidad), el consumo eléctrico menor a los 280 kW/h y el consumo de agua de 30 metros cúbicos. Los servicios que excedan estos montos deberán pagar 13% sobre el total.Otra situación por considerar es el caso de los servicios de salud: si se cancelan con tarjeta de...

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