Japi sin aval para dar Internet

La empresa IBW Comunicaciones, que ofrece Internet inalámbrico bajo la marca Japi, carece del aval de la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) para ofrecer el servicio.La empresa tiene una concesión de frecuencias, pero la Sutel considera que ese permiso no puede extenderse para dar el servicio de Internet.Esto ha derivado en un pulso entre Japi, quien considera que está en regla, y Sutel, que insiste en que la empresa debe acudir al Ministerio de Ambiente para que tramite la ampliación de servicios.Descargue aquíparte de la entrevista con el Minaet.James Tracy, gerente de IBW Costa Rica, señaló que la concesión que poseen admite la prestación del servicio de Internet, por lo cual rechaza el sustento de las resoluciones de la Sutel.Descargue aquíparte de la entrevista con James Tracy.'La ley claramente dispone que el concesionario se limita a comunicar a la Sutel la prestación de ese servicio de Internet, por eso no se necesita ningún permiso, ni licencia ni autorización de la Sutel', señaló Tracy.'Hay 40 empresas que no han sido inscritas en el Registro Nacional de Telecomunicaciones por retraso de la Sutel. Nuestra empresa es una de las afectadas por este retraso, pero el Poder Ejecutivo ha revisado nuestro expediente y considera que nuestra operación está a derecho', añadió el empresario.A pesar de ello, Sutel rechazó ese posición. Maryleana Méndez, miembro del Consejo de la Sutel, explicó que se investiga el caso desde el 2011, con el objetivo de determinar si existen irregularidades en la prestación del servicios.'En octubre, se abrió la investigación preliminar, que ya finalizó. El Consejo abrió un procedimiento administrativo el 23 de marzo del 2012', comentó Méndez, quien omitió dar más detalles para no adelantar criterio.Diferentes criteriosLa empresa IBW notificó a Sutel que ampliaría los servicios el 12 de agosto del 2011, recibida 10 días después.Empero, el 2 de noviembre, Sutel negó la habilitación para ampliar y prestar el servicio de Internet, en la resolución RCS-247-2011, alegando que la concesión solo contempla el servicio troncalizado.'No es posible por cuanto la resolución (donde se adecua el título habilitante a la Ley General de Telecomunicaciones ) establece claramente cuál es el uso asignado a los rangos de frecuencia', se señaló en el documento.Una posición que mantuvo la Sutel en una segunda resolución (RCS-013-2012), emitida el 18 de enero de este año, en la respuesta a la apelación que la empresa presentó al...

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