Juez podría romper huelga si avala traer personal temporal

La nueva Reforma Procesal Laboral, que entró a regir este martes, ofrece mecanismos para romper una huelga como la que realizan los funcionarios del Poder Judicial desde hace una semana.

Esa normativa permite la contratación de personal temporal con el fin de reactivar los servicios a la población. La condición, sin embargo, es que un juez lo avale.

La conclusión está clara para dos abogados laboralistas consultados por La Nación . Ellos opinan que un juez de trabajo está en potestad de autorizar la contratación de emergencia, en el tanto se interprete, mediante sentencia, que se violentan servicios esenciales a la población, tal y como lo estipula el Código de Trabajo, cuya reforma entró en vigencia este 25 de julio.

Eric Briones, doctor en Derecho Laboral y académico, cree que el Código de Trabajo reformado no pone cortapisas para llevar a una institución personal externo, sea nacional o extranjero, para garantizar la prestación de un servicio esencial cuando una huelga es declarada como ilegal.

'Es cuestión de interpretación, saber, por ejemplo, si al frenarse la Medicatura Forense, o si los jueces cuando se niegan a realizar un juicio, se podría o no atentar contra la seguridad o el orden jurídico del país. Es cuestión de interpretación y eso le corresponde a un juez. Pero sí se permite llegar y poner a otra persona para que haga el trabajo que no están haciendo, digamos los médicos forenses, que dejaron de trabajar', aclaró.

El problema en el caso del movimiento de los funcionarios judiciales es que los juzgados están cerrados y no hay personal administrativo disponible.

Además, la Asociación Costarricense de la Judicatura (Acojud) está comprometida con el reclamo sindical.

Su clamor es que los diputados discutan la reforma a la ley de pensiones del Poder Judicial, con base en un proyecto presentado por los propios empleados.

Para Briones, en ese caso hay otro dilema difícil de resolver, a raíz de los vacíos que hay en su ley orgánica.

'El único en el país que puede calificar de ilegal o legal una huelga es el Poder Judicial: los jueces laborales, que están ahorita en huelga. Entonces, aquí es determinar si se puede o no nombrar jueces sustitutos o jueces que no estén en huelga. Pero, al mismo tiempo, estos podrían caer en conflicto de intereses porque son también trabajadores del Poder Judicial. Esa es una disyuntiva', remarcó.

El también laboralista Juan José Chen, considera que urge una discusión en el Parlamento con el objeto de...

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