Resolución

Fecha de publicación22 Diciembre 2021
Número de registroIN2021611301
EmisorBANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

JUNTA DIRECTIVA

La Junta Directiva Nacional en Sesión Ordinaria 5878 celebrara el 06 de diciembre del 2021 mediante acuerdo 967, acuerda aprobar la modificación de la Tabla 2: “Plazos máximos” del Reglamento General de Crédito, Anexo 1, para que se lea de la siguiente manera:

REGLAMENTO GENERAL DE CRÉDITO

“1. Aprobar la modificación de la Tabla 2: “Plazos máximos” del Reglamento General de Crédito, Anexo 1, de conformidad con lo señalado en los artículos 24 inciso b) y 25 de la Ley 4351 Orgánica Banco Popular y de Desarrollo Comunal y el artículo 13 inciso 2) del Código de Buen Gobierno Corporativo.

La Tabla se leerá de la siguiente manera:

Tabla Nº 2

Plazos Máximos

Línea crédito (Según Garantía)

Meses hasta

a) Crédito personal con garantía hipotecaria que cubra el 100% del monto del crédito

240

b) Crédito personal con otras garantías (incluye además crédito para gastos médicos educación).

180

c) Crédito ambiental ara personas físicas.

180

d) Crédito garantizado con valores emitidos por el Banco Popular.

360

e) Crédito Empresarial: (Micro, Pequeños, Medianos, grandes empresas y empresarios y Corporativas).

360

f) Crédito Organizaciones Sociales

360

g) Vivienda

360

h Bienes adjudicados

360

División de Contratación Administrativa.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2021611301).

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