Resolución
Fecha de publicación | 20 Julio 2022 |
Número de registro | IN2022662465 |
Emisor | PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA |
JUNTA DIRECTIVA
Reforma a los Transitorios II y III del Reglamento de Reclutamiento, Selección y Nombramientos por Competencias del Recurso Humano del Patronato Nacional de la Infancia, aprobado por la Junta Directiva mediante acuerdo tomado en Sesión Ordinaria 2022-007, celebrada el 01 de marzo del 2022, Artículo 007, Aparte 01, publicado en el Alcance 45 a La Gaceta número 43, del viernes 4 de marzo del 2022, para que se lea de la siguiente forma:
“Aparte 01): Autorizar la Reforma del Transitorio II del Reglamento de Reclutamiento, Selección y Nombramientos por Competencias del Recurso Humano del Patronato Nacional de la Infancia, aprobado por la Junta Directiva mediante acuerdo tomado en Sesión Ordinaria 2022-007, celebrada el 01 de marzo del 2022, Artículo 007, Aparte 01, publicado en el Alcance 45 a La Gaceta número 43, del viernes 4 de marzo del 2022, para que se lea de la siguiente forma:
“ (…) TRANSITORIO II: La Institución podrá continuar efectuando nombramientos y concursos con base en la anterior normativa, hasta por el plazo máximo de 9 meses posteriores a la publicación del presente Reglamento, mismo plazo en el que se deberá realizar la emisión de un Manual de Procedimiento, así como realizar la respectiva difusión y capacitación al personal del Departamento de Recursos Humanos, a la Presidencia Ejecutiva y a todas las personas funcionarias que ostenten puestos de jefatura, con el fin de que se encuentre implementado en su totalidad el modelo de Reclutamiento y Selección por Competencias, siendo necesaria la vigencia del Diccionario de Competencias, y recomendable la actualización del Manual de Clases, Cargos y Competencias, con las respectivas valoraciones y pesos de las competencias según el perfil del puesto. (…)”
APARTE 02): Asimismo, se acuerda derogar el Inciso D del Transitorio III del reglamento anteriormente citado, de manera que, dicho transitorio se lea así:
“(…) TRANSITORIO III: Nombramientos en propiedad de personas funcionarias con nombramientos interinos y que tienen la condición de elegibles, producto de procesos concursales. La Presidencia Ejecutiva, podrá nombrar en propiedad a una persona funcionaria que se encuentre nombrado de forma interina en una plaza vacante que cumpla con los siguientes requisitos:
a. Tenga condición de elegible producto de un proceso concursal para la clase y cargo que ocupa.
b. Se encuentre nombrado de forma interina, con nombramientos que hayan sido prorrogados por dos años o más, en el mismo código de plaza en la que se va a nombrar en propiedad.
c. Que cuente con al menos dos evaluaciones de desempeño anual en la plaza que se va a nombrar en propiedad, cuya calificación sea de muy bueno o excelente, así mismo, en caso de tener más de una evaluación del desempeño anual en ese código de plaza, el promedio de estas deberá ser igual a muy bueno o excelente.
El Departamento de Recursos Humanos, abrirá los correspondientes procesos para que las personas funcionarias que cumplen con los requisitos a, b y c, se inscriban en el proceso para obtener la propiedad. Estos procesos serán ampliamente publicitados por la Institución, a fin de que las personas interesadas realicen las inscripciones. Las personas que no se inscriban en estos procesos conserva...
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