Resolución

Fecha de publicación30 Noviembre 2022
Número de registroIN2022694579
EmisorBANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

Junta Directiva Nacional

La Junta Directiva Nacional en su calidad de tal y actuando en funciones propias de Asamblea de Accionistas, mediante Sesión Ordinaria No. 5952 acuerdo n.°870 celebrada el 1 de noviembre del 2022, aprobó modificar el artículo 13 y derogar los artículos 27°, 33°, 38°, 43°, 48° y 53° del Reglamento organización y el funcionamiento de los Comités y Comisiones del Conglomerado Financiero Banco Popular y de Desarrollo Comunal, en los siguientes términos:

Reglamento para la organización y funcionamiento

de los Comités y Comisiones del Conglomerado Financiero del Banco Popular

y de Desarrollo Comunal

CAPÍTULO II

Organización de los Comités y Comisiones

del Conglomerado Financiero en general

Artículo 13.—Convocatoria, lugar y frecuencia de las sesiones. Las sesiones de los Comités y Comisiones deberán celebrarse en la Sala de Sesiones de Junta Directiva en el domicilio principal del Banco Popular, salvo que, alguno de estos órganos acuerde celebrarla en otro lugar, o bien de manera virtual mediante la plataforma tecnológica oficial utilizada por el Banco Popular, para lo cual, se debe asegurar contar con un espacio iluminado, ventilado, escritorio, silla y conexión a internet de al menos 10 MB, con el objetivo de garantizar la simultaneidad, interactividad, integralidad y confidencialidad de las sesiones. La realización de las sesiones virtuales se efectuará de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Sesiones Virtuales.

Las sesiones ordinarias de los comités y comisiones se desarrollarán periódicamente dentro del cronograma establecido por cada órgano colegiado, y en una fecha y hora prefijadas por sus miembros.

No obstante, si la Presidencia considera que la reunión no debe celebrarse, así lo debe comunicar a la brevedad a todas las personas que integran ese órgano y a la Secretaría.

La celebración de sesiones ordinarias, sin que se hayan dado los motivos señalados, implica el no pago de las dietas y estipendios correspondientes, todo sin perjuicio de la responsabilidad que pueda caber.

Podrán celebrarse sesiones virtuales en el tanto se garanticen los siguientes requisitos: simultaneidad, interactividad e integralidad. Los miembros de los Comités y de las Comisiones solo podrán participar en una sesión virtual que cumpla con los requisitos anteriores y se encuentren en cualquier parte del territorio nacional o fuera de él, siempre y cuando no se interponga en horarios de participación de foros internacionales de carácter oficial en representación del Banco. Si la participación se realizara en la forma indicada en el presente párrafo, la dieta se pagará como si se tratara de una asistencia presencial. La telepresencia en la que participen los miembros de la Junta Directiva Nacional procederá únicamente cuando no pueden asistir físicamente ni el titular ni el suplente.

Los comités y comisiones podrán sesionar en forma extraordinaria cuando existan asuntos urgentes que, por sus

implicaciones y por el interés público, no convenga posponer hasta la próxima sesión ordinaria. Estas sesiones deberán ser convocadas por la Presidencia de cada órgano colegiado, o al menos, por tres de sus miembros, quienes para este efecto deberán formular una solicitud por escrito especificando el objeto de la sesión y la fecha en que esta debe verificarse.

La convocatoria a sesiones extraordinarias deberá efectuarse con no menos de 24 horas de anticipación a la hora señalada para su realización, salvo casos de urgencia en que decidan sesionar todos los miembros por unanimidad, estando todos presentes.

Sección I

Organización y funcionamiento de los Comités Técnicos

Artículo 27.—Sesiones del Comité Corporativo de Auditoría. *Derogado por el acuerdo JDN-5952-Acd-870-2022-art.11b.

Artículo 33.—Sesiones del Comité Corporativo de Riesgo. *Derogado por el acuerdo JDN-5952-Acd-870-2022-art.11b.

Artículo 38.—Sesiones del Comité Corporativo de Nominaciones y Remuneraciones. *Derogado por el acuerdo JDN-5952-Acd-870-2022-art.11b.

Sección II

Organización y funcionamiento de los Comités de Apoyo

Artículo 43.—Sesiones del Comité Corporativo de Tecnología de Información. *Derogado por el acuerdo JDN-5952-Acd-870-2022-art.11b.

Artículo 48.—Sesiones del Comité Corporativo de Cumplimiento. *Derogado por el acuerdo JDN-5952-Acd-870-2022-art.11b.

Sección III

Organización y funcionamiento de las Comisiones

Artículo 53.—Sesiones de la Comisión de Pautas y Banca Social. *Derogado por el acuerdo JDN-5952-Acd-870-2022-art.11b.

Junta Directiva Nacional.—MBA. Luis Alonso Lizano Muñoz, Secretario General.—1 vez.—( IN2022694579). ).

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