Legales: Seguridad jurídica

Ante las recientes salidas abruptas del país de un importante sector empresarial nacional y extranjero, y más allá del tema político, conviene destacar varios aspectos como parte de la comunidad jurídica para favorecer la justicia y la seguridad jurídica.

En primer término, respecto a la regulación actual de los canales de comercialización entre compañías extranjeras, distribuidores y representantes nacionales, es cierto que la Ley de Protección al Representante de Casas Extranjeras, nació para dar balance legal protector entre las partes, fijando de forma tajante un régimen proteccionista a favor de los nacionales en sus distintas relaciones 'de hecho' o escritas de agencia, representación y distribución con casas extranjeras, con derechos y obligaciones irrenunciables, entre ellos, la aplicación de la ley en todos los casos de cumplirse con sus supuestos.

Temas claves de seguridad tales como el tratamiento de exclusividad, cálculo de indemnizaciones, causales de terminación, derechos adquiridos y demás aspectos de fondo y procesales aplicables a partir de la reforma legislativa aún no están claros, más aún si estamos ante un híbrido de relaciones iniciadas con anterioridad a la reforma y llevadas a pleito posteriormente a esta.

En segundo término, el proyecto de ley, tramitado bajo el expediente 18.213 , sobre el 'Levantamiento del velo de la personalidad jurídica' pretende regular expresamente la figura para evitar los fraudes y abusos que 'a menudo' se cometen mediante el uso abusivo de las personalidades jurídicas de las sociedades mercantiles en perjuicio de los habitantes de la República.

El texto ciertamente genera inseguridad e inestabilidad al supuesto grupo minoritario de compañías mercantiles que realmente operan conforme a derecho y de buena fe. Temas de aplicación subjetivos (ya regulados en la legislación civil hace años), incongruencias de términos jurídicos, asuntos patrimoniales y de distribución de responsabilidad de los socios e imputación obligacional quedan debiendo, más aún, contradiciendo el principio básico de división patrimonial societaria en materia mercantil.

En tercer término, el proyecto de decreto en discusión para la creación del 'Registro de Accionistas en Sociedades'...

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