LEY DE CREACIÓN DEL ÁREA SILVESTRE PROTEGIDA PAISAJE NACIONAL ESPEJO DE AGUA, EMBALSE REPRESA HIDROELÉCTRICA DE CACHÍ, PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES ECOTURÍSTICAS Y SOSTENIBLES, EN ZONA DE AMORTIGUAMIENTO

Fecha de publicación14 Marzo 2023
Número de registroIN2023726091
EmisorPoder Legislativo

LEY DE CREACIÓN DEL ÁREA SILVESTRE PROTEGIDA

PAISAJE NACIONAL ESPEJO DE AGUA, EMBALSE

REPRESA HIDROELÉCTRICA DE CACHÍ,

PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES ECOTURÍSTICAS

Y SOSTENIBLES, EN ZONA DE AMORTIGUAMIENTO

Expediente N.° 23.564

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Paraíso es el segundo cantón de la provincia de Cartago, su cabecera es el distrito de Paraíso; está compuesto por los distritos de Orosí, Cachí, Santiago, Llanos de Santa Lucía y Birrisito. Al norte limita con los cantones de Alvarado y de Oreamuno; al sur con los cantones de Dota y Pérez Zeledón; al este con los cantones de Jiménez y Turrialba y al oeste con el cantón de Cartago.

Según datos del Instituto Nacional de Estadísticas y Censo, la densidad demográfica del es de 59.259 habitantes (INEC, 2013) con una relación de 124,3 habitantes por km2.

Este cantón presenta una serie de particularidades en su entorno social, espacial, económico y cultural que determinan y condicionan las formas y hábitos de vida, en que se desarrolla la cotidianidad de la población del distrito.

Su composición territorial se determina por un espacio urbano con una predominancia de mayor extensión del territorio rural. El espacio urbano se caracteriza económicamente por la concentración de servicios básicos y comerciales; no obstante, las fuentes de empleo mayoritarias en la zona y/o la actividad industrial es escasa, lo que obliga a una constante movilización de la sección más productiva de la población. En el sector rural predomina la actividad agropecuaria y ganadera, combinado con la actividad turística que ofrece la zona principalmente asentada en los distritos de Orosi y de Cachí.

Sobre las particularidades del desarrollo de los distritos, Cachí muestra un índice muy inferior al distrito central, ocupando la posición 214 a nivel del país, esto denota una gran desigualdad en su población. Dicho distrito es una comunidad mixta, donde la actividad económica predominante es la agricultura y el turismo; la cercanía de esta comunidad con centros de actividad turística influye en su dinámica económica. Cachí es conocido por el lago y la represa del mismo nombre en la comunidad. El poblado está rodeado de frondosos bosques, extensas plantaciones de café, chayote, ríos, cascadas y áreas con recursos naturales donde se ubican pequeñas poblaciones.

En los sitios que se encuentran en los alrededores de Cachí predomina el monocultivo del “chayote” y del café, pero no es exclusivo. Esta comunidad pertenece al anillo de turismo de Paraíso, lo que la convierte en una zona, con alto potencial.

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Adicionalmente, este distrito se caracteriza por tener una estructura social y económica con importantes contrastes productivos; por un lado, predominan grandes empresas exportadoras del monocultivo del chayote y de café, frente a una población basada en pequeñas empresas agrícolas, y de otros servicios como la producción de artesanías. El distrito de Cachí está conformado en gran parte por un sistema de núcleos de familias rurales dedicadas, a diversas actividades agrícolas y turísticas, muchas de estas, a su vez, se encuentran en un nivel de exclusión social.

Con todo este potencial eco-turístico y particularidades geográficas, se propone mediante la presente iniciativa de ley, la creación del Área Silvestre Protegida Paisaje Nacional Espejo de Agua Embalse Represa Hidroeléctrica de Cachí, bajo la categoría de manejopaisaje nacional”. Entre otras cosas, el área beneficiará a vendedores que operan en los alrededores de la represa de Cachí, en virtud de que se crea una zona para la comercialización ordenada de sus productos, además de impactar positivamente a todas las actividades del cantón, toda vez que el área constituye un insumo estratégico para el desarrollo y el fortalecimiento del turismo rural comunitario como un mecanismo que facilite la formalización de las condiciones laborales de las personas vendedoras de esta zona, incentivando un número importante de actividades como el ecoturismo, el senderismo, la navegación acuática, entre otras.

Todas las acciones y cambios señalados serán posible mediante una reforma a la Ley Orgánica del Ambiente, con la creación de una nueva categoría de área silvestre protegida, de paisaje nacional, con las características respectivas, así como la delimitación y actividades de aprovechamiento sostenible, que tendrían lugar en esta área.

Asimismo, se contempla dentro de esta categoría el establecimiento y diseño de los mecanismos ambientales necesarios, así como el plan de manejo y el reglamento de uso público, para la regulación y ordenamiento del área silvestre, a efectos de prevenir impactos ambientales, mediante la gestión sostenible de la zona de amortiguamiento.

Todo esto constituye un enfoque de turismo rural comunitario, basado en el aprovechamiento de los recursos naturales de la zona, dándole un criterio de utilidad sostenible a las actividades productivas de la población local, para obtener beneficios directos e indirectos de las comunidades, con la participación de los pobladores y las instituciones públicas competentes, en el marco de un aprovechamiento sostenible de los bienes jurídicos ambientales subsistentes en el cantón de Paraíso, a la luz de las políticas de conservación y reactivación económica, impulsadas por el gobierno municipal.

Se debe subrayar que el proyecto, a su vez, vendría a potencializar el turismo ecológico de la zona, toda vez que se aprovecharán, de manera sostenible, las condiciones naturales del embalse, que sería un potencial activo para el desarrollo del cantón.

Los principales beneficiarios serán para las personas que residen en su gran mayoría en el distrito de Cachí, así como Urasca y Ujarrás. Con ello se pretende un mejoramiento paulatino de las condiciones socioeconómicas de las familias que habitan en la zona; valga destacar que dicho proyecto no pretende limitar su alcance a esta población, sino más bien generar un impacto a nivel global en el cantón.

Como se indicó anteriormente, la iniciativa propuesta se enmarca en el programa de turismo rural ecológico y de la marca cantón, aprobado por la Municipalidad de Paraíso en conjunto con las organizaciones sociales, tras la búsqueda de un esquema de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales del cantón, a partir de un proceso de concientización y de la participación de la comunidad en general.

Por todo ello, someto a consideración de los señores diputados y señoras diputadas, el presente proyecto de ley para su aprobación.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

LEY DE CREACIÓN DEL ÁREA SILVESTRE PROTEGIDA

PAISAJE NACIONAL ESPEJO DE AGUA, EMBALSE

REPRESA HIDROELÉCTRICA DE CACHÍ,

PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES ECOTURÍSTICAS

EN SU ZONA DE AMORTIGUAMIENTO

ARTÍCULO 1- Declaratoria de interés público

Se declara de interés público el Plan de Desarrollo Ambiental y Social (PDAS) para la gestión sostenible de la zona de amortiguamiento de uso sostenible del Paisaje Nacional Espejo de Agua Embalse Represa Hidroeléctrica de Cachí.

ARTÍCULO 2- Creación del área

Se crea el Área Silvestre Protegida Paisaje Nacional Espejo de Agua Embalse Represa Hidroeléctrica de Cachí, bajo la categoría de manejopaisaje nacionalen la zona geográficamente localizada mediante las coordenadas 09º 50’ 25” latitud norte y 83° 48’ 10’’ longitud oeste.

Los permisos y autorizaciones que otorgue la Municipalidad de Paraíso y por las instituciones públicas al momento de entrar en vigencia la presente ley seguirán vigentes hasta su vencimiento pudiendo ajustarse a las nuevas condiciones conforme a la nueva normativa.

ARTÍCULO 3- Delimitación del área

Se autoriza al Instituto Geográfico Nacional para delimitar el área sería en coordinación con el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).

ARTÍCULO 4- Autorización de actividades en el área

El Paisaje Nacional Espejo de Agua Embalse Represa Hidroeléctrica de Cachí constituye un área silvestre protegida que permitirá el aprovechamiento y uso sostenible conforme la zonificación y regulación que establezca el Plan General de Manejo y el Reglamento de Uso Público.

Se exceptúan para uso público las zonas de restricción absoluta, aprovechamiento y de seguridad operativa del embalse para la generación de electricidad que para estos efectos defina el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).

Se podrá autorizar en esta área silvestre protegida las siguientes actividades:

a) Infraestructura turística

b) Senderos

c) Navegación deportiva y turística

d) Infraestructura turística

e) Actividades turísticas

f) Movilidad activa

g) Rutas de bicicleta de montaña

h) Punto de recarga para vehículos eléctricos

i) Otras actividades técnicamente definidas siempre que la categoría de manejo lo permita.

En el reglamento de esta ley se establecerán los procedimientos y requisitos para el otorgamiento de estas autorizaciones para el desarrollo de actividades en las zonas permitidas.

ARTÍCULO 5- Plan General de Manejo y el Reglamento de Uso Público

En la formulación de Plan General de Manejo y el Reglamento de Uso Público deberán participar el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) y del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), las instituciones públicas con competencias en el sitio, en razón de los usos actuales y futuros, además de la municipalidad del cantón respectivo de la ubicación del embalse, así como las organizaciones de carácter comunal y organizaciones no gubernamentales que tengan un interés legítimo.

ARTÍCULO 6- Las actividades que se desarrollen en el Espejo de Agua del Embalse de la Represa de Cachí y se introduzcan o impacten en las zonas de restricción absoluta, aprovechamiento y de seguridad operativa del embalse para la generación de electricidad podrán ser suspendidas total o parcialmente por el tiempo que así lo determine técnicamente el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), si el cumplimiento del objetivo primario del embalse así lo requiere.

ARTÍCULO...

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