Ley de fortalecimiento y mejoramiento ambiental de la minería artesanal de Abangares, de 10 de Febrero de 2022

EmisorAsamblea Legislativa

N° 10132

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

FORTALECIMIENTO Y MEJORAMIENTO AMBIENTAL DE LA MINERÍA

ARTESANAL DE ABANGARES, POR MEDIO DE LA MODIFICACIÓN

DE LA LEY 8904, REFORMA DEL SEGUNDO PÁRRAFO Y ADICIÓN

DE VARIOS PÁRRAFOS AL ARTÍCULO 8; ADICIÓN DEL ARTÍCULO

8 BIS; ADICIÓN DEL INCISO F) AL ARTÍCULO 65, Y REFORMA

DEL INCISO K) DEL ARTÍCULO 103 DEL CÓDIGO DE MINERÍA,

LEY N.° 6797, DE 4 DE OCTUBRE DE 1982 Y SUS REFORMAS,

LEY PARA DECLARAR A COSTA RICA PAÍS LIBRE DE

MINERÍA METÁLICA A CIELO ABIERTO, DE 1 DE

DICIEMBRE DE 2010, Y DE LA LEY 6797,

CÓDIGO DE MINERÍA, DE 4

DE OCTUBRE DE 1982

ARTÍCULO ÚNICO - Se reforma el transitorio I y se adicionan los transitorios VIII, IX y X a la Ley 8904, Reforma del Segundo Párrafo y Adición de Varios Párrafos al Artículo 8; Adición del Artículo 8 bis; Adición del Inciso f) al Artículo 65, y Reforma del Inciso k) del Artículo 103 del Código de Minería, Ley N.° 6797, de 4 de octubre de 1982 y sus Reformas, Ley para Declarar a Costa Rica País Libre de Minería Metálica a Cielo Abierto, de 1 de diciembre de 2010. Los textos son los siguientes:

Transitorio I- Durante el plazo de ocho años, contando a partir de la entrada en vigencia de esta reforma, la prohibición de utilización de técnicas de lixiviación con cianuro y mercurio no regirá para los trabajadores organizados en cooperativas mineras dedicadas a la explotación de minería en pequeña escala para subsistencia familiar, artesanal y coligallero. En ese plazo, estas personas tendrán la obligación de reconvertir sus actividades al desarrollo de tecnologías alternativas más amigables con el ambiente; para ello, contarán con el apoyo, el asesoramiento y la asistencia técnica y financiera del Estado costarricense.

Para tales efectos dentro de ese mismo plazo, el Estado deberá brindar el apoyo, el asesoramiento y la asistencia técnica a las personas trabajadoras de las comunidades vecinas a la explotación minera que se encuentren debidamente organizadas en cooperativas dedicadas a la minería en pequeña escala para subsistencia familiar, artesanal y coligallero, a efectos de que estos reduzcan paulatinamente, hasta llegar a la eliminación del uso de mercurio y de compuestos de mercurio y las emisiones y liberaciones de mercurio en el ambiente proveniente de esta actividad, ajustándose a las medidas, los plazos y el plan de acción que el Poder Ejecutivo determine, de conformidad con la Ley 9391, Convenio de...

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