Ley invita a disolver sociedades patrimoniales

El transitorio III de la nueva Ley del impuesto a sociedades N.° 9.428 hace un llamado a quienes cuenten con una persona jurídica exclusivamente para la tenencia de bienes y quieran prescindir de ella.

Hasta mayo del 2018, los impuestos de traspaso, de timbres y derechos registrales, de bienes muebles e inmuebles, estarán exonerados para aquellos que quieran traspasarlos de una persona jurídica inactiva a otra sociedad o persona física.

Si bien el texto de la norma no explica el objetivo que se persigue con la consideración, Randall Madriz, abogado especialista en derecho tributario de la firma Pacheco Coto, es del criterio que se trata de una oportunidad para que la Administración Tributaria reduzca el porcentaje de morosidad u evasión del impuesto.

'La Administración nos está diciendo: si tiene bienes inscribibles a nombre de sociedades pero no quiere pagar el impuesto porque lo considera una carga, saque los bienes de esa sociedad y proceda a disolverla', detalla Madriz.

La invitación del fisco también estuvo presente en la primera versión de la Ley, que fue declara inconstitucional en el 2015. Sin embargo, no se precisan datos de cuánta aceptación tuvo el transitorio en ese momento.

Inactivas dominan

De acuerdo con los más recientes datos publicados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), a marzo del 2015, aproximadamente el 73% de las sociedades costarricenses responde a personas jurídicas inactivas.

A criterio de German Morales, socio de impuestos de Deloitte, ese...

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