Ley Nº 9526, Ley para declarar agosto como el mes histórico de la afrodescendencia en Costa Rica

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

LEY PARA DECLARAR AGOSTO COMO EL MES HISTÓRICO DE LA AFRODESCENDENCIA EN COSTA RICA

ARTÍCULO 1 Se declara agosto como el mes histórico de la afrodescendencia en Costa Rica y el 31 de agosto de cada año como la fecha oficial para celebrar el Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense.
ARTÍCULO 2

El Ministerio de Educación Pública incluirá en el calendario escolar y en los programas de estudio de primer y segundo ciclos, las fechas históricas del mes de agosto, con la finalidad de educar y formar a los educandos, de todos los centros educativos del país, de las fechas tendientes a distinguir el aporte de la cultura afrodescendientes en la identidad, la cultura y la herencia de este país, fundamentado en una auténtica convivencia, en la formación de actitudes diferentes, de valores diversos, de opciones alternas dentro de la diversidad existente en una sociedad multiétnica y pluricultural.

ARTÍCULO 3

Todos los ministerios, instituciones autónomas y semi autónomas y empresas públicas, especialmente los relativos a la enseñanza y la cultura, quedan autorizadas a destinar recursos económicos y humanos, o efectuar donaciones, con el objeto de celebrar y divulgar los hechos históricos que se celebran en el mes de agosto, como el aporte cultural y económico de la afrodescendencia en Costa Rica.

Rige a partir de su aprobación.

COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA SEGUNDA.- Aprobado a los veintiocho días del mes de febrero de dos mil dieciocho.

Paulina María Ramírez Portugués, Presidenta

Lorelly Trejos Salas, Secretaria

ASAMBLEA LEGISLATIVA.- A los seis días del mes de marzo de dos mil dieciocho.

COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO

Gonzalo Alberto Ramírez Zamora, Presidente

Carmen Quesada Santamaría, Primera secretaria

Michel Jake Arce Sancho, Segundo secretario

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil dieciocho.

Ejecútese y publíquese

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.— La Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.— 1 vez.—O. C. Nº 3400034829.— Solicitud Nº 19838.— (L9526-IN2018235392).

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