Manual de Procedimiento para el Proceso de Elaboración del Informe de Evaluación de Gestión Institucional del Plan Anual Operativo y Liquidación Presupuestaría, de 10 de Septiembre de 2007

EmisorMunicipalidad de San Rafael de Heredia

MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EL PROCESO DE ELABORACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN INSTITUCIONAL DEL PLAN ANUAL OPERATIVO Y LA LIQUIDACIÓN PRESUPUESTARIA Justificación:

El presente Manual de Procedimientos tiene el objetivo de normar y regular los aspectos relacionados con la presentación del Informe de Evaluación de la Gestión Institucional del Plan Anual Operativo y la Liquidación Presupuestaria por parte de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, ante los entes internos y externos que corresponda a la normativa vigente en el país y cumplir con las directrices establecidas. A la vez, se pretende establecer los responsables de cada uno de las etapas del proceso, los plazos otorgados para cada acción y los productos esperados de cada subproceso o actividad.

Para todos los efectos el presente Manual de Procedimientos se fundamenta en lo establecido en el artículo 11 de la Constitución Política, artículo 55 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos Nº 8131, y los artículos 13 y 105 y sus reformas del Código Municipal Nº 7794, Directrices de la Contraloría General de la República y a Mandato del Oficio Nº 04345 (FOE-SM-0776) del 2 de mayo del 2007 de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley de Administración Financiera, Ley de Control Interno y demás normativa vinculante establecida conforme al bloque de legalidad.

CAPÍTULO I

De la naturaleza y definiciones Artículo 1º—Para la aplicación del presente reglamento se establecen las siguientes definiciones o conceptos:

La Liquidación Presupuestaria Anual: es el proceso mediante el cual la Municipalidad de San Rafael de Heredia evalúa, para el ejercicio económico anterior, los aspectos físicos y financieros en términos de los resultados obtenidos frente a los objetivos y metas, además, le corresponde analizar las variaciones y determinar sus causas para tomar las medidas correctivas que sean necesarias, obteniendo como resultado los informes de cumplimiento de la planificación (Plan Operativo)

y el documento final de Liquidación Presupuestaria. Esto se formaliza con la aplicación del presente manual, con la elaboración del documento de liquidación presupuestaria, la presentación del informe de evaluación de la gestión institucional y al que definan al respecto los órganos de fiscalización competente. La liquidación presupuestaria contiene la evaluación de manera independiente,

por medio de técnicas estadísticas, financieras y contables que corresponda a cada uno de los ingresos con fines específicos y libres que se ejecutan en la Municipalidad de San Rafael de Heredia, el resultado se deberá presentar de acuerdo a los términos que establezcan para su aprobación este manual y los entes internos y externos relacionados.

Se podrán efectuar evaluaciones parciales de cumplimiento y comportamiento de los recursos del ejercicio económico conforme a las necesidades de la institución y de los órganos rectores, con la finalidad de conocer el comportamiento particular de los ingresos y gestión de la Municipalidad y con la finalidad de cumplir con lo que establezca al respecto.

Ejercicio o Período Económico anterior: Para los efectos del presente Manual de Procedimientos el ejercicio económico anterior, se determina por lo establecido en el Código Municipal, en su artículo 91, el mismo comprende del 1º de enero al 31 de diciembre del año inmediato anterior, el cual corresponderá al período a evaluar.

Órgano rectores externos: Instituciones o dependencias que conforme al bloque de legalidad tengan la potestad de solicitar a la Municipalidad de San Rafael, informes respecto al cumplimiento de los fines de la institución en total apego a los requerimientos de sus funciones. Los órganos rectores externos lo constituyen la Contraloría General de la República por medio de las unidades correspondientes y el Ministerio de Hacienda por medio de la Contabilidad Nacional.

Informe Final de Liquidación: Representa el informe final del proceso de Liquidación con los anexos que corresponda conforme a este reglamento y directrices de los rectores externos.

Bloque de legalidad: Corresponde al conjunto de normas escritos y no escritos que regulan las acciones o comportamiento de la Administración Pública, para el caso que regulan la materia financiero presupuestaria de las municipalidades del país. Comprende:

Constitución Política, la Ley, normas de rango superior,

decretos ejecutivos, reglamentos, principios presupuestarios y las reglas de la ciencia o de la técnica correspondiente para el sector aplicables.

Autoridad superior administrativa: Corresponde al Alcalde Municipal.

Artículo 2º—De la elaboración:

La Liquidación Presupuestaria se elabora para el Ejercicio Económico anterior y conforme a las características de continuidad del proceso presupuestario, esta servirá de fuente informativa para la formulación y ejecución del presupuesto de periodos posteriores y para la identificación de las variaciones resultantes que redunden en cambios en la administración institucional de manera integral.

Artículo 3º—De la importancia:

La Liquidación Presupuestaria constituye un elemento importante dentro del proceso presupuestario conforme al Bloque de Legalidad y Normas Técnicas, ya que permite retroalimentar y ajustar el mecanismo de estimación de futuros ingresos y egresos presupuestarios y de las acciones generales de administración de actividades y proyectos de la institución.

Artículo 4º—Objeto de la Liquidación Presupuestaria: La Liquidación Presupuestaria deberá mostrar el resultado financiero déficit o superávit del período económico anterior, al presentar las relaciones generales del presupuesto con la ejecución real, tanto de forma general como en lo que corresponde a los ingresos con destino específico y períodos anteriores con los egresos correspondientes.

La Liquidación Presupuestaria deberá contener la evaluación física de la gestión de la Municipalidad para lo que el presente Manual establecerá las responsabilidades del caso a efectos de que se incluya la evaluación de cumplimiento de los instrumentos de planificación utilizados: Plan Operativo,

Plan de Desarrollo Municipal, Cronograma de Actividades y Otros, bajo responsabilidad de la Autoridad Superior Administrativa.

El incumplimiento en presentación a tiempo de la evaluación física no elimina la responsabilidad de cumplir con el proceso de Liquidación Presupuestaria en sus etapas financiero-contables.

Sin embargo, deberá establecerse las responsabilidades que correspondan al caso.

Artículo 5º—Cumplimiento del Proceso de Liquidación: Conforme a lo establecido en el artículo anterior, es deber de los funcionarios respectivos cumplir con cada una de las etapas del proceso de Liquidación Presupuestaria en los plazos o fechas establecidos en este Manual de Procedimientos y en la normativa vinculante vigente. Además, que se cumpla con la presentación de los subproductos y producto final a los entes internos y externos, respetando lo que se establezca en cuanto a fecha y contenido.

Artículo 6º—De la gestión de ingresos y egresos vinculantes con Liquidación: para el cumplimiento de las fechas o plazos determinados en este Manual y en la Normativa Vigente,

se deberá respetar las regulaciones de entrega de documentos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR