Médicos deberán recetar medicamentos con nombre genérico, según nuevo decreto

Los profesionales en Medicina, Odontología y Enfermería están obligados a emitir recetas con el nombre genérico del medicamento, aunque también tienen la opción de incluir la denominación comercial, según establece el decreto ejecutivo firmado este 4 de octubre por el presidente Carlos Alvarado Quesada, y el ministro de Salud, Daniel Salas Peraza.La obligatoriedad de indicar en la receta la Denominación Común Internacional (DCI), o nombre genérico, fue objeto de dos consultas públicas (2019 y 2021) en las que chocó con múltiples cuestionamientos de diferentes grupos, incluidas organizaciones de pacientes. Entrará a regir 22 días después de su publicación en el diario oficial La Gaceta, informó el Ministerio de la Presidencia.Tras la última consulta pública, en agosto pasado, se abrió la posibilidad de que el profesional que envía la receta también indique en esta, si así lo desea, el nombre comercial del fármaco que recomienda, como se solicitó en algunas de las observaciones recibidas.El decreto también obliga a los regentes farmacéuticos a informar al consumidor de todas las opciones disponibles del medicamento y sus precios, en el momento de vender el producto.Ileana Herrera, jefa de la Unidad de Registros del Ministerio de Salud, adelantó que los consumidores podrán denunciar si el médico no prescribe por nombre genérico. También podrán levantar un reclamo...

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