Metodología para la Fijación Ordinaria de Tarifas para el Servicio Remunerado de Personas Modalidad Autobús, de 25 de Febrero de 2016

EmisorAutoridad Reguladora de Los Servicios Públicos

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

RJD-035-2016

San José, dieciséis horas del veinticinco de febrero del dos mil dieciséis

METODOLOGÍA PARA FIJACIÓN ORDINARIA DE TARIFAS PARA EL SERVICIO REMUNERADO DE PERSONAS, MODALIDAD AUTOBÚS

EXPEDIENTE OT-230-2015

RESULTANDO:

I. Que el 5 de noviembre del 2015, la Comisión Autónoma Ad Hoc para temas de Transporte remunerado de Personas Modalidad Autobús, mediante el oficio 24-CMTB-2015 recomendó a la Junta Directiva la aprobación para someter a audiencia pública la propuesta del "MetodologÃa para fijación ordinaria de tarifas para el servicio remunerado de personas, modalidad autobús". (Folios 01 al 139, expediente del OT-230-2015).

II. Que el 5 de noviembre del 2015, la junta directiva, mediante el acuerdo 03-56-2015 de la sesión ordinaria 56-2015, acordó entre otras cosas someter al proceso de audiencia pública la propuesta contenida en el oficio 24-CMTB-2015. (Folio 01, expediente del OT-230-2015).

III. Que el 19 de noviembre del 2015, se publicó en el diario oficial La Gaceta N° 255, la convocatoria a audiencia pública para el próximo 14 de diciembre de 2015, a fin de conocer la citada propuesta de metodologÃa (folios 140 a 141, expediente OT-230-2015).

IV. Que el 20 de noviembre del 2015, se publicó en los diarios La Teja y Diario Extra, la convocatoria a audiencia pública programada para el próximo 14 de diciembre de 2015, a fin de conocer la propuesta "MetodologÃa para la Fijación Ordinaria de Tarifas para el Servicio de Transporte Remunerado de Personas, Modalidad Autobús". (Folios 142 y 143, expediente OT-230-2015).

V. Que el 14 de diciembre de 2015, se llevó a cabo la audiencia pública, de manera presencial en el Auditorio de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicado en GuachipelÃn de Escazú, Oficentro Multipark, edificio Turrubares; programada para realizarse por medio del sistema de videoconferencia interconectado con los Tribunales de Justicia ubicados en los centros de Cartago, Ciudad Quesada, Heredia, Liberia, Limón, Pérez Zeledón y Puntarenas, sin embargo se realizó la siguiente observación: "Que según el oficio número 6166 de fecha 14 de diciembre de 2015 del Subdirector Ejecutivo del Poder Judicial, se informó a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos que la videoconferencia se debÃa cancelar por los problemas técnicos expuestos por la Dirección de TecnologÃa de Información del Poder Judicial. Ante tal situación, la Dirección General de Atención al Usuario remitió respuesta mediante oficio número 4298-DGAU-2015, en donde se indicó al Poder Judicial que se agradecerÃa continuar con el protocolo normal de videoconferencias para realizar la audiencia pública, y que en cada sede se quedara el encargado, ya que representantes de la Autoridad Reguladora se estarÃan apersonando para tomar nota de la asistencia en cada una de las sedes señaladas, esto para que en caso de asistencia en las mismas se pudieran tomar las medidas correspondientes a fin de evitar cualquier lesión al derecho de participación ciudadana. Sin embargo, según la información proporcionada, no hubo asistencia en ninguna de las sedes del Poder Judicial, es decir las sedes de los centros de Cartago, Ciudad Quesada, Heredia, Liberia, Limón, Pérez Zeledón y Puntarenas; únicamente hubo asistencia de interesados en el Auditorio de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicado en GuachipelÃn de Escazú, Oficentro Multipark, edificio Turrubares, en donde se llevó a cabo la audiencia de forma presencial"

En la citada audiencia se presentaron seis oposiciones y coadyuvancias, de las cuales se admitieron 6, según el oficio 4389-DGAU-2016 del 18 de diciembre del 2015. Los participantes en esta audiencia pública fueron: el Foro Nacional de Transporte Público, en representación de diferentes entidades gremiales (la Asociación Cámara Nacional de Transportes, la Asociación Cámara de Autobuseros de Heredia, la Asociación Cámara de Autobuseros del Atlántico; Jorge Arredondo Espinoza y la Asociación Cámara de Empresarios Autobuseros y Transportistas Unidos de la provincia de Guanacaste); la Asociación Nacional Pro Defensa de los Usuarios de los Servicios Públicos (representado por su presidente José Antonio Rojas Hernández) y Asociación Cámara de Transportistas de San José (representado por Alex Álvarez Abrahams); DefensorÃa de los Habitantes (representada por el Defensor Adjunto, Juan Manuel Cordero González); Asociación Cámara Nacional de Autobuseros (representada por Alfredo Villalobos Salazar); Asociación Consumidores de Costa Rica (representado por Erick Ulate Quesada) y Olman Bonilla Oconitrillo (folios 150 a 259, expediente OT-230-2015).

VI. Que el 17 de febrero de 2016, la Comisión Autónoma Ad Hoc para temas de Transporte remunerado de Personas Modalidad Autobús, mediante el oficio 003-CMTB-2016, remitió a la junta directiva para su análisis el informe de respuesta a las posiciones presentadas en la audiencia pública del 14 de diciembre 2015, de la "MetodologÃa para fijación ordinaria de tarifas para el servicio remunerado de personas, modalidad autobús" (folios 326 a 328, expediente OT-230-2015).

VII. Que el 17 de febrero de 2016, la Comisión Autónoma Ad Hoc para temas de Transporte remunerado de Personas Modalidad Autobús, mediante el oficio 05-CMTB-2016, remitió a la Junta Directiva el informe técnico de la propuesta, de la "MetodologÃa para fijación ordinaria de tarifas para el servicio remunerado de personas, modalidad autobús" (Folios 337 a 339, expediente OT-230-2015 ).

VIII. Que el 18 de febrero de 2016, la Comisión Autónoma Ad Hoc para temas de Transporte remunerado de Personas Modalidad Autobús, mediante el oficio 04-CMTB-2016, remitió a la Junta Directiva el análisis sobre la "Solicitud del Foro Nacional de Transporte Público modalidad autobús, sobre la propuesta de modelo tarifario tramitada en el expediente OT-230-2015 (folios 229 al 336, expediente OT-230-2015).

IX. Que el 18 de febrero de 2016, la secretarÃa de junta directiva, mediante el memorando 126-SJD-2016, trasladó para el análisis de la Dirección General de AsesorÃa JurÃdica y Regulatoria, el informe técnico indicado en el antecedente anterior (Correrá agregado a los autos).

X. Que el 22 de febrero de 2016, la Dirección General de AsesorÃa JurÃdica y Regulatoria, mediante el oficio 157-DGAJR-2016, emitió criterio sobre la propuesta, de la "MetodologÃa para fijación ordinaria de tarifas para el servicio remunerado de personas, modalidad autobús" (Correrá agregado a los autos).

XI. Que el 24 de febrero de 2016, la Comisión Autónoma Ad Hoc para temas de Transporte remunerado de Personas Modalidad Autobús, mediante el oficio 06-CMTB-2016, remitió a la junta directiva una adición a la respuesta 003-CMTB-2016, respecto al argumento 61 plateado por el Foro Nacional de Transporte Público, modalidad autobús, en razón de un error material (folio 340, expediente OT-230-2015).

XII. Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presente resolución.

CONSIDERANDO:

I. Que en vista de la ausencia del señor Dennis Meléndez Howell en la sesión 12-2016, toda vez que debió atender una cita médica, comparece en este acto la señora Grettel López Castro, en su condición de Reguladora General Adjunta, según el acuerdo que consta en el artÃculo segundo del acta de la sesión ordinaria número ciento sesenta y uno, celebrada por el Consejo de Gobierno el 20 de agosto del dos mil trece, publicado en La Gaceta 211 del 1 de noviembre del 2013, nombramiento que quedó ratificado por la Asamblea Legislativa en la sesión ordinaria número 69, celebrada el 19 de setiembre de 2013, de conformidad con lo estipulado en el artÃculo 47 de la Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, nombramiento que a la fecha se encuentra vigente. De conformidad con el artÃculo 57 inciso a) sub inciso 6) e inciso b) sub inciso 3) de la misma ley, la señora Grettel López Castro, Reguladora General Adjunta, sustituye al Regulador General durante sus ausencias temporales, por lo que en la sesión 12-2016 asumió la presidencia de la Junta Directiva.

II. Que en cuanto a las oposiciones y coadyuvancias presentadas en la audiencia pública, se tiene como respuesta los oficios 003-CMTB-2016 del 17 de febrero 2016 y 006-CMTB-2016 del 24 de febrero 2016, ambos de la Comisión Autónoma Ad Hoc, visible a folios 328 y 340, expediente OT-230-2015.

III. Que la presente metodologÃa considera:

Sobre reglas de cálculo tarifario y el valor de las unidades de transporte:

Se definen dos tipos de reglas de cálculo tarifario para la aplicación de esta metodologÃa. La primera regla considera definir un valor tarifario de las unidades para cada tipo de vehÃculo utilizado en la ruta, el cual corresponderá al valor en dólares establecido en la resolución 008-RIT-2014 del 05 de febrero de 2014 o cualquier otra que la sustituya antes de la entrada en vigencia de esta metodologÃa, multiplicado por el tipo de cambio utilizado en el informe técnico que da sustento a dicha resolución. La segunda regla se aplica para aquellos vehÃculos que queden autorizados en acuerdos posteriores a la fecha de corte en la que se haga eficaz (se publique) está metodologÃa. Para estas unidades se utilizará la valoración de las unidades según los datos de precios reportados por el Ministerio de Hacienda. De esta manera, se obtiene un valor (en colones) de autobús nuevo para cada tipo de vehÃculo. En concreto:

i) Se utiliza la fuente oficial que determina el valor de las unidades de autobús. Dicha valoración se realiza de conformidad con lo indicado en los artÃculos 9, 10, y 13 de la Ley de Reajuste Tributario y Resolución 18a Consejo Arancelario y Aduanero CA y sus reformas, Ley N°7088. Se indica en el artÃculo 10 de dicha Ley, que le...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR