Modifica para el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, el gasto presupuestario máximo del 2008, de 5 de Septiembre de 2007

EmisorPoder Ejecutivo

Nº 34022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política;

los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; Ley de Presupuesto Extraordinario de la República Nº 8593 del Alcance Nº 24 de La Gaceta Nº 164 del 28 de agosto de 2007, la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley Nº

7800, Ley de Creación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación y del Régimen Jurídico de Educación Física, el Deporte y la Recreación de 30 de abril de 1998 y sus reformas; el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H de 9 de marzo de 2007 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H de 29 de junio de 2005 y su reforma.

Considerando:

  1. —Que la Ley Nº 7800, publicada en el Alcance Nº 20 aLa Gaceta Nº

    103 de 29 de mayo de 1998 y sus reformas, faculta al Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER) para apoyar y estimular las acciones de organización, promoción y práctica individual y grupal del deporte y la recreación, realizadas por las entidades deportivas y recreativas gubernamentales y no gubernamentales.

  2. —Que el Instituto solicita incrementar el gasto presupuestario máximo aprobado para el 2008, en ó270.000.000,00 (doscientos setenta millones de colones exactos), a efecto de incorporar gastos para atender diferentes necesidades de asociaciones y comités cantonales.

  3. —Que la entidad atenderá los gastos extraordinarios del 2008 con superávit específico del 2007, proveniente de las transferencias que le girará el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, las cuales se contemplan en la Ley de Presupuesto Extraordinario de la República Nº 8593,

    publicada en el Alcance Nº 24 aLa Gaceta Nº

    164 del 28 de agosto del 2007.

  4. —Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio de 2005 y su reforma, se emite el ÓLineamiento para la aplicación del Artículo 6 de la Ley Nº 8131 de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento”.

  5. Que el artículo 9° del decreto supra citado, dispone...

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