Modifica Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2024, de 18 de Enero de 2024
Emisor | Poder Ejecutivo |
Nº 44339-HEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY EL MINISTRO DE HACIENDACon fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1 ), 27 inciso 1 ), y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley No. 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus ref01mas; la Ley No. 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo No. 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus ref01mas; la Ley No. l 0427, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2024 del 4 de diciembre de 2023 y su reforma y la Ley No. 10332, Autorización para emitir títulos valores en el mercado internacional del 1 º de diciembre del 2022.CONSIDERANDO:1. Que el inciso g) del artículo 5 de la Ley No. 8131, publicada en La Gaceta No. 198 del 16 de octubre de 2001 y sus reformas, establece que el presupuesto debe ser de conocimiento público por los medios electrónicos y físicos disponibles.2. Que el inciso b) del artículo 45 de la citada Ley No. 8131 y sus reformas, autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias no contempladas en el inciso a) del mismo artículo, según la reglamentación que se dicte para tal efecto.3. Que mediante el Decreto Ejecutivo No. 32988-H-MP-PLAN, publicado en La Gaceta No. 74 del 18 de abril de 2006 y sus ref01mas, se establece la normativa técnica, referente a las modificaciones presupuestarias que el Gobierno de la República y sus dependencias pueden efectuar a través de Decreto Ejecutivo. 4. Que el artículo 61 del Decreto Ejecutivo No. 32988-H-MP-PLAN citado y sus reformas, autoriza para que mediante decreto ejecutivo elaborado por el Ministerio de Hacienda, se realicen traspasos de partidas presupuestarias entre los gastos autorizados en las leyes de presupuesto ordinario y extraordinario de la República del ejercicio que se tratare, sin modificar el monto total de los recursos asignados al programa.5. Que en el numeral 1 del artículo 7 Normas de Ejecución de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2024, Ley No. 10.427, publicada en el Alcance Digital No. 245 a La Gaceta No. 229 del 11 de diciembre de 2023 y su refon11a, se establece: "l. Durante el ejercicio económico 2024, los órganos que conf01man el presupuesto nacional no podrán...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba