Reglamento No. IN2018267101

Fecha de publicación23 Agosto 2018
Número de registroIN2018267101
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO

REGLAMENTO INTERNO DE LA POLICÍA MUNICIPAL

El Concejo Municipal de la Municipalidad del cantón de El Guarco, con fundamento en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, 1, 2, 3, 4 inciso a), 13 inciso s) 43, 61 al 69 del Código Municipal y en uso de sus atribuciones, emite el presente “Reglamento del Proceso de Policía Municipal Municipalidad de El Guarco”, el que se regirá por las siguientes disposiciones:

CAPÍTULO I

Fines y funciones

Artículo 1°—La policía municipal, es un cuerpo especial de vigilancia y seguridad que, de manera auxiliar de la Fuerza Pública, contribuye en el mantenimiento del orden público en el Cantón de El Guarco.

Artículo 2°—Serán funciones de la Policía Municipal de la Municipalidad de El Guarco, las establecidas en el artículo 62 del Código Municipal, así como lo establecido en la Ley de Tránsito por Vías Públicas y Terrestres y Seguridad Vial en su numeral 214, Ley de Instalación de Estacionómetros (Parquímetros), el monitoreo de las cámaras de vigilancia ubicadas en el cantón, así como las funciones establecidas en otros reglamentos, decretos y leyes vigentes.

CAPÍTULO II

Organización

Artículo 3°—La Policía Municipal, dependerá de la Alcaldía Municipal, la cual podrá organizarse internamente, de acuerdo con las necesidades del servicio.

Artículo 4°—La estructura jerárquica será la siguiente:

A) Director de la Policía Municipal.

B) Jefe de Policía.

C) Policías

CAPÍTULO III

Deberes

Artículo 5°—Sin perjuicio de los deberes establecidos en el Código Municipal, Código de Trabajo, Ley General de la Administración Pública, Reglamento Interno de Trabajo de la Municipalidad de El Guarco y demás reglamentos y leyes conexas y concordantes, son obligaciones de los miembros de la Policía Municipal, las siguientes:

a) En todo el tiempo en que estén brindando servicio, deberán portar en lugar visible un carné de identificación entregado por la Municipalidad con las siguientes características y datos: fotografía en color, nombre y apellidos, número de cédula de identidad, número de código profesional, cargo en la Policía Municipal, grupo sanguíneo, huella dactilar, firma del funcionario (igual a la estampada en la cédula de identidad), firma del Alcalde y sello de la Policía Municipal.

El titular deberá devolver su carné al jefe del Departamento en caso de suspensión o terminación de su relación laboral con la Municipalidad de El Guarco.

b) Portar el uniforme en acto de servicio.

Se prohíbe la utilización del uniforme de modo incompleto, así como la descuidada colocación de las prendas que lo componen.

Sólo podrán portar las insignias del correspondiente grado y los distintivos específicos del departamento, condecoraciones, armamento y demás equipo reglamentario.

Dicho uniforme será suministrado por la Municipalidad en forma discrecional, atendiendo a las necesidades de cada policía. En caso de terminación de la relación laboral con la Municipalidad, el funcionario está obligado a devolver todos los implementos, tanto las prendas como los accesorios.

Se entenderá que todos los miembros de la Policía Municipal que circulen por la vía pública vestidos de uniforme están en funciones de servicio y estarán, por tanto, obligados a intervenir en todos aquellos sucesos que reclamen su presencia, cumpliendo con los deberes que le impone el presente la ley y el presente reglamento.

c) En todo momento, deberán presentarse en perfecto estado y aseo personal, manteniendo en buen estado de conservación, tanto el vestuario como los equipos que le fueran entregados o encomendados para su uso y/o custodia; procurando siempre una imagen decorosa.

d) Siendo la disciplina base fundamental en todo cuerpo jerarquizado, el Policía Municipal obedecerá y ejecutará las órdenes que reciba de sus superiores jerárquicos, siempre que no contradigan la legalidad vigente.

e) En los casos de emergencia y desastres, los Policías Municipales deberán presentarse en el menor tiempo posible a su respectiva base y prestar sus funciones, aunque estuvieran libres de servicio.

f) Los policías municipales evitarán en todo momento, la Comisión de delitos, faltas e infracciones. Y están obligados a denunciar cualquier delito, falta e infracción cuando tengan noticia de su existencia, ante el órgano administrativo o jurisdiccional respectivo.

g) Los miembros del Departamento de Policía Municipal, estarán obligados a prestar mutuo apoyo, así como a los miembros de otros cuerpos policiales, en toda ocasión que sean requeridos por un compañero o vean necesaria su intervención en apoyo de éste.

h) Los Policías Municipales jamás admitirán dádivas monetarias ni en especie por los servicios que presten.

i) Los Policías municipales estarán obligados a cumplir integradamente su jornada de trabajo. No abandonará el servicio hasta que sea relevado.

j) Todo Policía Municipal estará en la obligación de presentar un informe diario de las labores realizadas para poner en conocimiento de sus superiores jerárquicos cualquier incidencia del servicio y todo acto que en cumplimiento de sus funciones realicen. Informarán de cuántas deficiencias observe en el funcionamiento o conservación de los bienes y servicios municipales.

k) Los Policías Municipales deberán auxilio y máximo respeto a todos los miembros de la Corporación Municipal, así como a sus signos externos.

l) Los policías municipales deberán guardar discreción, reserva y confidencialidad de los asuntos que conozcan en razón del ejercicio de sus funciones.

m) El Encargado de la Policía Municipal tendrá las siguientes funciones:

Planear, organizar dirigir y controlar el desarrollo y desenvolvimiento del proceso de la policía municipal del cantón, mediante la coordinación de las diferentes escuadras la formulación de proyectos y actividades relacionados con la seguridad y vigilancia del cantón.

Emitir y velar por el cumplimiento de políticas en materia de seguridad ciudadana.

Facilitar el involucramiento de los vecinos y vecinas del cantón en las actividades de seguridad; la coordinación con las autoridades del Ministerio de Seguridad Pública y otros entes públicos para que se investiguen y se apliquen las normas y políticas de seguridad ciudadana impulsados a nivel nacional y para que cualquier actividad pública y privada cuente con la debida vigilancia y seguridad para los ciudadanos del cantón.

Coordinar con la Fuerza Pública la realización de operativos u otras acciones dentro del Cantón.

Coordinar con las diferentes instancias municipales para que se brinde apoyo al personal municipal en diferentes tareas que supongan un riesgo para la integridad de los mismos tales como cierres de negocios y construcciones, supervisar el levantamiento de ventas ilegales, decomisos de mercaderías y otros y colaborar con el mantenimiento de la seguridad y el orden en actividades cívicas, recreativas, deportivas y culturales que realice la Municipalidad u otras organizaciones a nivel cantonal.

Planificar procesos de asesoría y formación permanente a los comercios y grupos comunales sobre temas de seguridad comunitaria, apoyar a los procesos y actividades municipales.

Facilitar la participación en operativos conjuntos con Fuerza Pública, Policía de Tránsito, Policía de Migración, Policía de Control Fiscal, OIJ, Cruz Roja, Comisión Nacional de Emergencias.

Velar por la aplicación de las competencias que en materia de regulación del tránsito corresponden a los gobiernos locales.

Establecer en coordinación con la comisión de seguridad, las acciones necesarias para la seguridad y vigilancia de parques, centros comerciales, calles y barrios del cantón; respuesta inmediata al servicio de monitoreo con alarma; y reordenamiento de la ciudad, mediante la capacitación y organización de las comunidades en la lucha contra la delincuencia.

Asesorar en Seguridad Comunitaria a los ciudadanos, en conjunto con el Ministerio de Seguridad Pública, para mejorar la calidad de vida mediante la participación y organización comunitaria, prevenir la incidencia delincuencial en las comunidades, fomentar...

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