MUNICIPALIDAD DE ATENAS (IN2017148622)

Fecha de publicación12 Julio 2017
Número de registroIN2017148622

La Municipalidad de Atenas con fundamento en el Dictamen N° C-3332014 de la Procuraduría General de la República y al oficio MAT-DASA-DIRECT-002-2016 “Directriz 002. Implementación de Visado Único”, de fecha del 26 de abril del 2016, empleará un único Visado Municipal, valiendo tanto para otorgar el Visado o Visto Bueno para Catastro, como para el Visado con efectos de Segregación. Para el cual se aplicarán los siguientes requisitos:

Formulario debidamente lleno.

Minuta de Calificación Catastral “MINUTAPDF” e “IMAGENMINUTA”.

Plano a Visar, corregido.

Croquis general del fraccionamiento y/o reunión debidamente acotado.

Encontrarse al día con las obligaciones municipales (Pago de los Impuestos Municipales y la Declaración de Bienes Inmuebles)

Nota:

1. En el caso de resello, se deberán de aportar los planos originales anteriormente visados.

Trámite: Permiso Municipal de Construcción.

Categorías de permisos de construcción.

1. Obras de mantenimiento: Se entenderá por obra de mantenimiento aquella que implique la reparación de un inmueble, sea por deterioro, mantenimiento o por seguridad, siempre y cuando no se altere el área, la forma, ni se intervenga o modifique estructuralmente el inmueble. Las obras de mantenimiento comprenden tanto las que se realicen en exteriores como interiores de los inmuebles, y no requieren la participación obligatoria de un profesional responsable miembro del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica.

Se consideran obras de mantenimiento, las siguientes:

1. Reposición o instalación de canoas y bajantes.

2. Reparación de aceras.

3. Instalación de verjas, rejas o cortinas de acero.

4. Limpieza de terreno de capa vegetal o de vegetación.

5. Cambio de cubierta de techo.

6. Pintura en general, tanto de paredes como de techo.

7. Colocación de cercas de alambre.

8. Acabados de pisos y de cielo raso.

9. Reparación de repellos y de revestimientos.

10. Reparaciones de fontanería.

Requisitos Generales:

1.1 Formulario de Construcción debidamente lleno y firmado por el dueño de la propiedad o el representante legal de ésta, con dirección exacta y/o lugar o medio para recibir notificaciones.

1.2 Cancelar el impuesto de construcción si procede (en base a presupuesto).

1.3 Estar al día con las obligaciones municipales (Impuestos municipales y declaración de Bienes Inmuebles).

2. Obras generales: Según artículo 3 Bis, del Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura como derivación de lo que no es una obra de mantenimiento.

Requisitos Generales:

2.1 Formulario de construcción.

2.2 Plano Catastro Visado por la Municipalidad de Atenas.

2.3 Informe registral o certificación notarial con menos de tres meses de haber sido emitido, por el Registro Público o por notario público; y en caso de que el dueño de la propiedad sea una sociedad anónima se debe aportar además la certificación de personería jurídica vigente.

2.4 Constancia de Póliza Riesgos emitida por empresa aseguradora.

2.5 Estar al día con las obligaciones municipales (Impuestos municipales y declaración de Bienes Inmuebles).

2.6 Constancia de estar al día con las obligaciones de la Caja Costarricense de Seguro Social.

2.7 Carta de disponibilidad de agua al día, emitida por parte del A y A, ASADA local o en caso de poseer agua por medios propios deberá de aportar autorización de uso por parte de la oficina competente del MINAET y certificación de su potabilidad.

2.8 Láminas de planos constructivos, debidamente aprobado por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica. Contrato de Servicios Profesionales.

2.9 Alineamientos según corresponda:

MOPT: Cuando la propiedad se encuentre situada frente a vías nacionales.

INVU: Cuando el inmueble o sus linderos sean atravesados o limiten con ríos o quebradas.

ICE: Cuando el inmueble se vea afectado por servidumbre de alta tensión.

INCOFER: Cuando el inmueble se vea afectado por servidumbre de línea de ferrocarril.

A y A o ASADA: Cuando el inmueble se vea afectado por servidumbre de aguas.

RECOPE: Cuando el inmueble se vea afectado por oleoductos.

MINAET: Cuando el inmueble se vea afectado por nacientes, pozos, zona de protección de ríos, obras en cause, etc.

VIABILIDAD AMBIENTAL: Otorgada por la Secretaría Técnica Ambiental (SETENA) para construcciones mayores a 300 m2, movimientos de tierra mayores a 0 m3 y en el caso de actividades, obras y proyectos que no se consideren como de muy bajo impacto ambiental potencial en conformidad con la Resolución N° 2370-2004-SETENA.

2.10 En el caso de torres de telecomunicaciones permanentes se debe de apegar al Reglamento de la Municipalidad de Atenas para el Otorgamiento de Licencias Municipales para Infraestructura de Telecomunicaciones. (La Gaceta N° 208 - lunes 31 de octubre 2011).

2.11 Para construcciones beneficiarias por la Ley 7052 (Bono de Vivienda); el usuario debe presentar la Declaratoria de Interés Social emitida por la entidad que otorga el bono. Este trámite concede al usuario un trato preferencial respecto al pago de impuestos municipales.

3. Demolición o movimiento de tierra: Trabajos de preparación de terreno para...

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