MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
Fecha de publicación | 04 Septiembre 2018 |
Número de registro | IN2018271970 |
Emisor | MUNICIPALIDADES |
MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 del Código Municipal, la Municipalidad de Carrillo Guanacaste, según acuerdo N°6, inciso 1, aparte 2, de la sesión ordinaria Nº 30 del 24 de julio del 2018, aprueba la siguiente Publicación” Reglamento del concurso público para la elección y nombramiento del Auditor Interno de la Municipalidad de Carrillo.
Artículo 8º—Tabla de valoración de las ofertas. La tabla de valoración de las ofertas de los aspirantes se regirá por los parámetros o factores, que seguidamente se indican, y que serán ponderados a efecto de obtener las calificaciones finales de las ofertas que cumplan con todos los requisitos exigidos para el cargo:
Id | Factor de Evaluación | Puntaje |
1 | Experiencia Adicional | 33% |
2 | Nivel Académico Adicional | 27% |
3 | Prueba de conocimientos | 20% |
4 | Entrevista | 13% |
5 | Experiencia en Dirección de Personal | 7% |
15 | 100% |
Que se modifique el factor de Evaluación de la siguiente manera y que se elimine el punto 4 de la entrevista con el puntaje de 13% de valor porque no se puede estandarizar con variables subjetivas
Id | Factor de Evaluación | Puntaje |
1 | Experiencia Adicional | 33% |
2 | Nivel Académico Adicional | 27% |
3 | Prueba de conocimientos | 20% |
5 | Experiencia en Dirección de Personal | 7% |
15 | 100% |
Aplicación de pruebas psico-competenciales. Entrevista por competencias Análisis integral por competencias | Nota 70 mínima |
A su vez del aparte Entrevista se modifica la estructura que será una entrevista competencial que se elabora determinando (Situación, tareas, acción, resultado), tiene la finalidad de poder evaluar las destrezas, habilidades y capacidades de los oferentes garantizando una contratación objetiva y que la persona cumpla con las competencias requeridas del puesto por medio de técnicas de simulación. Se acuerda; La Modificación del artículo 8 del Reglamento del concurso público para la elección y nombramiento del Auditor Interno de la Municipalidad de Carrillo, Artículo 8: Tabla de valoración de las ofertas. La tabla de valoración de las ofertas de los aspirantes se regirá por los parámetros o factores, que seguidamente se indican, y que serán ponderados a efecto de obtener las calificaciones finales de las ofertas que cumplan con todos los requisitos exigidos para el cargo:
Que se modifique el factor de Evaluación de la siguiente manera y que se elimine el punto 4 de la entrevista con el puntaje de 13% de valor porque no se puede estandarizar con variables subjetivas, quedando de la siguiente manera
Id | Factor de Evaluación | Puntaje |
1 | Experiencia Adicional | 33% |
2 | Nivel Académico Adicional | 27% |
3 | Prueba de conocimientos | 20% |
5 | Experiencia en Dirección de Personal | 7% |
15 | 100% |
Aplicación de pruebas psico-competenciales. Entrevista por competencias Análisis integral por competencias | Nota 70 mínima |
A su vez del aparte Entrevista se modifica la estructura que será una entrevista competencial que se elabora determinando (Situación, tareas, acción, resultado), tiene la finalidad de poder evaluar las destrezas, habilidades y capacidades de los oferentes garantizando una contratación objetiva y que la persona cumpla con las competencias requeridas del puesto por medio de técnicas de simulación.
b- Se incluya el mismo al manual de puestos de la Corporación Municipal.
c- Autorizar a la secretaria a la publicación de la modificación al artículo 8 del Reglamento del concurso público para la elección y nombramiento del Auditor Interno de la Municipalidad de Carrillo, con fundamento al artículo 43 del Código Municipal, con carácter de urgencia realizar las publicaciones correspondientes.
Filadelfia 8 de agosto del 2018.—Concejo Municipal.—Sandra Ondoy Ondoy, Secretaria a. í.—1 vez.—( IN2018271970 ).
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