Resolución. MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

Fecha de publicación22 Enero 2020
Número de registroIN2020426258
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Cartago comunica que, en sesión ordinaria realizada el 03 de diciembre del 2019, artículo LI, del acta 280-19, se aprobó el texto definitivo, el Proyecto de Reglamento Interno de la Municipalidad de Cartago para la Regulación del Diseño e Implementación de los Programas Sociales Selectivos, mismo que se detalla de la siguiente manera:

PROYECTO DE REGLAMENTO INTERNO DE LA

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO PARA LA

REGULACIÓN DEL DISEÑO E

IMPLEMENTACIÓN DE LOS

PROGRAMAS SOCIALES

SELECTIVOS

Considerando:

1º—Que la Constitución Política establece la obligación del Estado de procurar el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza.

2º—Que, para cumplir con las competencias otorgadas por la Constitución y la Ley en esta materia, la Constitución Política, mediante su artículo 170, y el Código Municipal en su artículo 4, reconocen autonomía política, administrativa, financiera y normativa a los ayuntamientos.

3º—Que son múltiples los sectores y las instituciones del Estado, Gobiernos Locales y del sector no gubernamental (en términos de organizaciones) que participan habitualmente en el complejo campo de las políticas sociales selectivas, a la vez que es creciente el protagonismo de organizaciones de la sociedad civil con algún grado de participación en la gestión de los programas sociales destinados a la población con mayores barreras para el disfrute pleno de sus derechos.

4º—Que se requiere una mirada que abarque la multiplicidad de las aristas de los problemas de pobreza, vulnerabilidad y exclusión, los cuales no sólo suelen combinarse entre sí, sino potenciarse en sus efectos negativos.

Que en virtud de lo anterior, se establece:

Artículo 1º—El presente reglamento regula el diseño e implementación de los programas sociales selectivos de la Municipalidad de Cartago, que son aquellos cuyo objetivo es la atención de poblaciones en condiciones de pobreza, vulnerabilidad o exclusión social.

Artículo 2º—Para la implementación de los Programas Sociales Selectivos de la Municipalidad de Cartago, se deberá contar con un análisis de viabilidad técnica integrado, desarrollado por el Área correspondiente según la naturaleza del programa así instruida por la Alcaldía Municipal, análisis legal y recomendaciones de la Asesoría Legal, análisis administrativo y financiero integrado por el Área Administrativa Financiera.

Artículo...

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