Resolución. MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

Fecha de publicación05 Mayo 2021
Número de registroIN2021546620
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

En uso de sus facultades, el Concejo de Curridabat aprobó, mediante acuerdo N° 12, que consta en el artículo 4°, capítulo 3°, del acta de la sesión ordinaria N° 52-2021, del 27 de abril de 2021, la inclusión de un artículo 52° al Reglamento para el Otorgamiento de Ayudas Temporales y Subvenciones en el Cantón de Curridabat y sus anexos, y la publicación de este.

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS

TEMPORALES Y SUBVENCIONES EN EL CANTÓN

DE CURRIDABAT

Artículo 52.—En caso de que existan remanentes o que los fondos a los sujetos beneficiados, no se hayan apegado al objeto del Convenio de Transferencias de Fondos suscritos, la Municipalidad deberá, retirar la subvención en forma inmediata, en caso de subvención periódica, o bien iniciar las gestiones para recobrar lo transferido, en un plazo de quince días hábiles, contados a partir de que se tuvo notifica de la infracción.

Se establecen como sanciones las que establece la normativa atinente en la materia civil y penal; así como la prohibición de reingreso para constituirse en sujeto de otra transferencia, por parte del infractor, por un plazo de un año.

Rige a partir de su publicación definitiva.

Curridabat, 29 de abril de 2021.—Secretaría Municipal.— Dayana Álvarez Cisneros.—1 vez.—O. C. N° 44708.—Solicitud N° 264965.—( IN2021546620).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR