MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

Fecha de publicación06 Enero 2015
Número de registroIN2014087264
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

La Municipalidad del cantón Alajuela aprobó en el artículo N° 2, capítulo VI de la sesión ordinaria N° 48-2014 del 2 de diciembre del 2014, la reforma parcial al Reglamento para el establecimiento y cobro de tarifas por el incumplimiento de los deberes de los munícipes de la Municipalidad de Alajuela, publicado como reglamento en La Gaceta N° 237 del martes 7 de diciembre de 2010.

Inclúyase el Artículo 29 bis.—Parámetros para el cálculo de las tarifas. Para determinar el costo efectivo de las obras o servicios que realice la municipalidad en cumplimiento de este reglamento, se tomarán en cuenta los siguientes elementos.

a) Costo de los materiales que se requieran para la realización de las obras o servicios.

b) Costo de mano de obra necesaria para realizar las obras o servicios. Este debe considerar las horas de trabajo según la categoría de trabajador que intervenga en la ejecución de la obra o servicio, para lo cual se basará en la última fijación salarial vigente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

c) Costo de alquiler de la maquinaria y equipo necesario para realizar las obras o servicios.

d) Costo de recolección, transporte y tratamiento de los residuos sólidos.

e) Gasto administrativo que se establece en un diez por ciento (10%).

Publíquese por primera vez.

Lic. Roberto H. Thompson Chacón, Alcade.—1 vez.—(IN2014087264).

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