Resolución. MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

Fecha de publicación06 Junio 2019
Número de registroIN2019347990
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

MODIFICACIÓN PARCIAL DEL REGLAMENTO PARA

EL MANEJO, USO Y MANTENIMIENTO DE LA FLOTILLA

DE VEHÍCULOS Y DE LA MAQUINARIA ESPECIAL

DE LA MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

El Concejo de Curridabat, por acuerdo Nro. 2 que se consigna en el artículo 1º., capítulo 2º, del acta de la sesión extraordinaria Nro. 075-2019, del 27 de mayo de 2019, dispuso la modificación parcial del Reglamento para el manejo, uso y mantenimiento de la flotilla de vehículos y maquinaria especial de la Municipalidad de Curridabat, según se describe a continuación:

Modificar el artículo 2º del Reglamento para el manejo, uso y mantenimiento de la flotilla de vehículos y de la maquinaria especial de la Municipalidad de Curridabat, para que se agregue el inciso m), para que se lea así:

Artículo 2º—Definiciones y Abreviaturas: Para efectos del presente reglamento se definen como:

(…)

m) Bicicleta: vehículo de dos ruedas movido por una persona, provisto de un manubrio en la parte delantera, un asiento para el conductor y dos pedales que trasmiten el movimiento de las piernas a las ruedas.

2. Modificar la parte final del artículo 27 del Reglamento para el manejo, uso y mantenimiento de la flotilla de vehículos y de la maquinaria especial de la Municipalidad de Curridabat, para que se lea así:

“Artículo 27.—Estacionamiento de los vehículos. Una vez concluidas las labores diarias, sin excepción todo vehículo deberá ser estacionado en el lugar asignado por la Dependencia Administrativa, ya sea en el Plantel Municipal, en el Palacio Municipal, o en los parqueos de las dependencias municipales. Únicamente en el caso de que el vehículo se halle realizando una gira que imposibilite el retorno a las instalaciones municipales, el mismo día, dentro del horario normal, el vehículo podrá permanecer en un estacionamiento de la localidad en que se halle u otro sitio; que brinde las condiciones de seguridad adecuadas. Lo anterior deberá ser aprobado por el funcionario encargado de las Dependencias Administrativas. En caso de que éste último no se hallare, será aprobado por el jefe inmediato del funcionario a cargo del vehículo.”.

Modificar el artículo 30 del Reglamento para el manejo, uso y mantenimiento de la flotilla de vehículos y de la maquinaria especial de la Municipalidad de Curridabat, para que se lea así:

“Artículo 30.—Horario y uso de los vehículos. Todos los vehículos municipales que se regulan en el presente reglamento están destinados para uso oficial y exclusivo de la...

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