Resolución. MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

Fecha de publicación18 Octubre 2021
Número de registroIN2021591356
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

La Municipalidad de Desamparados comunica que, al no recibir observaciones ni oposición al proyecto correspondiente, publicado por primera vez en La Gaceta N° 180 del 20 de septiembre de 2021, el Concejo Municipal de Desamparados acordó aprobar, mediante el acuerdo N° 13 de la sesión N° 59-2021 celebrada el día 05 de octubre de 2021, para que entre a regir a partir de esta segunda publicación, el siguiente reglamento, aprobado para consulta pública mediante el acuerdo N° 8 de la sesión N° 47-2020 celebrada el día 10 de agosto de 2021:

REGLAMENTO DE LA POLICÍA MUNICIPAL

DEL CANTÓN DE DESAMPARADOS,

SAN JOSÉ, COSTA RICA

CAPÍTULO I

Disposiciones generales definición

Artículo 1ºLa Policía Municipal es aquel cuerpo que desarrolla plenamente las funciones públicas de vigilancia y seguridad preventiva en el municipio, con autonomía funcional en el ámbito de su jurisdicción, y que prestará cooperación en otras jurisdicciones conforme los convenios que la Municipalidad de Desamparados suscriba con otros municipios, además de colaborador con otras autoridades administrativas y judiciales, concebido bajo los principios de una organización jerárquica, disciplinada y funcional. Es una Policía preventiva, de presencia, auxilio y cercanía al ciudadano.

CAPÍTULO II

De las atribuciones

Artículo 2º—La Policía Municipal, tendrá las siguientes atribuciones:

a) Velar por el cumplimiento de la Constitución Política, leyes y reglamentos respectivos, así como los acuerdos municipales, actos administrativos y demás acciones vinculantes de la gestión municipal relacionados con el tema de seguridad.

b) Velar por la no operación de ventas estacionarias y ambulantes que contravengan la normativa vigente.

c) Fiscalizar las actividades lucrativas desarrolladas en el cantón.

d) Realizar la fiscalización, control y cumplimiento de la normativa de todas las actividades que se desarrollen dentro de la jurisdicción del cantón.

e) Atender y cumplir los fines de vigilancia y control de los servicios y bienes comunales.

f) Velar por el cumplimiento de las responsabilidades y obligaciones de quienes ejercen el comercio en diversas formas.

g) Coadyuvar en el cumplimento de la legislación y disposiciones municipales, ejecutando las resoluciones y acuerdos que correspondan.

h) Realizar acciones de vigilancia y de seguridad ciudadana preventiva en el cantón, las cuales pueden ser en coordinación estratégica con otras autoridades de policía.

i) Coadyuvar bajo el principio de coordinación o a solicitud de estos, con las demás autoridades públicas del país.

j) Auxiliar, a otras autoridades de policía y judiciales cuando medie el requerimiento expreso de la autoridad competente. Este auxilio no deberá supeditarse al citado requerimiento cuando, por la naturaleza de la situación, se esté ante una emergencia o estado de necesidad.

k) Apoyar a los funcionarios municipales en el ejercicio de sus potestades.

l) Velará en la medida de sus posibilidades y según las herramientas de las cuales disponga para su servicio, por la protección y conservación de los parques, edificios, instalaciones y demás bienes que constituyen el patrimonio municipal.

m) Desarrollar programas de seguridad ciudadana, integración y convivencia comunitaria, incentivando la participación comunal, por medio de las fuerzas vivas del cantón, conforme a los recursos que para estos efectos sean dispuestos en el presupuesto municipal.

n) Colaborar con las instituciones y organizaciones sociales en la realización de sus actividades, de acuerdo con las posibilidades de los recursos municipales.

o) Colaborar con la Comisión Local de Emergencias y con los comités distritales en caso de ser requerido.

p) Colaborar en el mantenimiento de la seguridad y el orden en las actividades que realice la Municipalidad de Desamparados.

q) Desarrollar y operar los sistemas de Vídeo Vigilancia electrónica que tenga a su disposición conforme a la asignación de recursos.

r) Incentivar el desarrollo de unidades especiales tales como unidad canina, entre otras a consideración y necesidades imperantes del cantón y el municipio.

s) Fiscalizar y controlar el uso correcto de los espacios de estacionamiento autorizado, así como realizar infracciones al incumplimiento al reglamento de Estacionamiento autorizado o Parquímetros que tenga vigente la Municipalidad de Desamparados. Esta es una atribución compartida con los parquimetristas de la Gestión de Seguridad Ciudadana.

t) Desarrollar las competencias y funciones en materia de tránsito que la Ley específica le asigne. u) Las demás funciones que le asigne la ley.

El presente artículo, así como cada uno de sus respectivos incisos, supedita sus alcances a la disponibilidad de recursos presupuestarios.

Artículo 3º—La estructura jerárquica será la siguiente:

Alcaldía Municipal

Director de la Gestión de Seguridad Ciudadana.

Jefe de Planes y Operaciones de la Policía Municipal.

Supervisores de Escuadras de la Policía Municipal.

Oficiales de la Policía Municipal.

Artículo 4ºEl Director de la Gestión de Seguridad Ciudadana o Director de Seguridad Ciudadana, tendrá entre otras según el Manual Descriptivo de Puestos las siguientes obligaciones:

a) Formular el plan anual operativo de Gestión de Seguridad Ciudadana, P.A.O, así como el plan anual de trabajo de esa gestión y su respectivo presupuesto conforme a las políticas y prioridades de desarrollo del Plan de Desarrollo Cantonal Humano, Plan Estratégico y Plan de Gobierno, por medio de la Alcaldía, remitirlo al Concejo Municipal.

b) Planear, dirigir y controlar la actividad operativa cotidiana de la Policía Municipal, en coordinación con su jefatura de Planes y Operaciones de la Policía Municipal.

c) Elaborar y remitir los respectivos informes a la Alcaldía Municipal, cuando sean Informes Generales de Resultados solicitar a la Alcaldía, remitir al Concejo Municipal.

d) Establecer y mantener actualizados los procedimientos, sistemas y métodos del plan de trabajo.

e) Adoptar y apoyar las medidas necesarias en caso de emergencias e informar inmediatamente a sus superiores y a otros cuerpos de la Policía Nacional.

f) Promover el mayor nivel de conocimiento y preparación de los (a) policías, y de todo el personal de la Gestión. g) Integrar las comisiones en que se requiera su participación.

h) Participar y fiscalizar las operaciones especiales y normales de la Policía Municipal.

i) El Director de la Gestión de Seguridad Ciudadana por la naturaleza propia de su cargo, tendrá disponibilidad de horario y de atención inmediata de los asuntos de seguridad ciudadana del cantón, y de la Policía Municipal.

j) Las demás funciones que señala la ley, el Manual Descriptivo de Puestos Vigente, y sus superiores.

Artículo 5º—El Jefe(a) Operativo de la Policía Municipal tendrá las siguientes obligaciones:

a) Formular el Plan Anual Operativo de la Policía Municipal (PAO), así como el Plan Anual de Trabajo de la Policía Municipal (PAT) y su respectivo presupuesto conforme a las políticas y prioridades de desarrollo del Plan de Desarrollo Cantonal Humano, Plan Estratégico y Plan de Gobierno.

b) Planear, dirigir y controlar la actividad operativa cotidiana de la Policía Municipal.

c) Elaborar y remitir un informe trimestral de labores al Director o Gestor de la Gestión de Seguridad Ciudadana, mismo que rendirá los respectivos informes a la Alcaldía Municipal.

d) Establecer y mantener actualizados los procedimientos, sistemas y métodos del plan de trabajo.

e) Adoptar y apoyar las medidas necesarias en caso de emergencias e informar inmediatamente a sus superiores y a otros cuerpos de la Policía Nacional.

f) Promover el mayor nivel de conocimiento y preparación de los (a) policías.

g) Actualizar el registro y mantenimiento de los activos destinados a la Policía Municipal y velar por su correcto uso.

h) Integrar las comisiones en que se requiera la participación de la Policía Municipal.

i) Mantener actualizado el expediente de cada policía, con el registro de las huellas dactilares de todos los dedos de las manos, así como copia de la...

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