Resolución. MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

Fecha de publicación31 Agosto 2022
Número de registroIN2022671510
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

La Municipalidad de Desamparados comunica que mediante el acuerdo no. 1 de la sesión no. 45-2022 celebrada por el Concejo Municipal de Desamparados el día 26 de julio de 2022, se aprobó con fundamento en el Dictamen 02-2022 de la Comisión de Gobierno y Administración el Reglamento para el Nombramiento de Representantes de la Municipalidad de Desamparados ante Órganos Colegiados, el cual se publica por primera vez para los fines de consulta pública, de conformidad con el artículo 43 del Código Municipal:

REGLAMENTO PARA EL NOMBRAMIENTO

DE REPRESENTANTES DE LA MUNICIPALIDAD

DE DESAMPARADOS ANTE ÓRGANOS COLEGIADOS

Artículo 1ºEl presente reglamento tiene como ámbito de aplicación todos aquellos procedimientos en los que la Municipalidad de Desamparados deba nombrar representantes ante diferentes órganos o entes que por ley o reglamento así los requiera, en virtud del artículo 13 inciso g) del Código Municipal, salvo que exista un procedimiento especial fijado por otra ley o reglamento.

El Concejo Municipal será el órgano encargado de realizar estos nombramientos.

Estos procedimientos se realizarán respetando los principios de transparencia, participación ciudadana, equidad de género y tomando medidas de no discriminación.

Artículo 2ºCréase la Comisión Especial de Nombramientos del Concejo Municipal, misma que tendrá la función de colaborar al Concejo Municipal en los procedimientos de selección de representantes de la Municipalidad de Desamparados ante los distintos órganos o entes que así lo requieran. Esta Comisión Especial Municipal estará integrada por regidores y síndicos, propietarios y suplentes, procurando que participen en ella las fracciones políticas representadas en el Concejo.

Artículo 3ºLas personas que sean nombradas como representantes de la Municipalidad ante los diferentes órganos o entes que así se requiera, serán considerados servidores públicos dado que actuarán en nombre y por cuenta de la Municipalidad de Desamparados en virtud de un acto de investidura y con independencia del carácter imperativo, representativo y no remunerado.

Las personas designadas como representantes de la Municipalidad de Desamparados para conformar los diferentes órganos o entes que así lo requieran, tendrán la obligación de rendir un informe anual de labores ante el Concejo Municipal de Desamparados.

Respecto al caso de las juntas administrativas y juntas de educación, en sus informes anuales deberán detallar el uso que le han dado las referidas juntas a los recursos públicos asignados por la Municipalidad de Desamparados.

Asimismo, los representantes de la Municipalidad de Desamparados para conformar los diferentes órganos o entes que así...

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