Resolución. MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

Fecha de publicación03 Agosto 2022
Número de registroIN2022665037
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

CONCEJO MUNICIPAL

Le comunico el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de Escazú en la Sesión Ordinaria No.117, Acta No.144 del 26 de julio del 2022, que indica lo siguiente:

Acuerdo AC-220-2022 “Se acuerda: Con fundamento en las disposiciones de los artículos 11, 169 y 170 de la Constitución Política; 11, 13, 16, 121 y 136 inciso e) de la Ley General de la Administración Pública; 2, 3, 4 inciso a), 13 inciso d) y 43 del Código Municipal; 39 del Reglamento Autónomo de Servicios de la Municipalidad de Escazú; los oficios COR-AL-1413-2022 de la Alcaldía Municipal, COR-AJ-420-2022 del Subproceso Asuntos Jurídicos; y siguiendo la motivación contenida en el Punto Sexto del Dictamen C-AJ-24-2022 de la Comisión de Asuntos Jurídicos, la cual hace suya este Concejo y la toma como fundamento para motivar este acuerdo se dispone:

Primero: Aprobar el texto de la modificación propuesta al Artículo 47 del Reglamento Autónomo de Servicios de la Municipalidad de Escazú, para que en adelante se lea de la siguiente manera:

Artículo 47.—Se establece un porcentaje que se pagará como peligrosidad por el riesgo de la integridad física, de la salud y de la vida, que será calculado sobre el salario base y pagado a toda persona trabajadora de la municipalidad que ostente el puesto de:

a. Inspector y notificador, se establece en un 8%.

b. Personal de recolección de desechos sólidos, se establece en un 5%.

c. Personal de cuadrillas que laboren en limpieza de lotes, mantenimiento de calles y sitios públicos, se establece en un 5%.

d. Persona trabajadora que ejerza la función de guardas municipales, se establece en un 8%.

e. Policías Municipales y al comunicador institucional destacado en el Proceso de Seguridad Ciudadana se establece en un 18%. Para tomar esta decisión, el alcalde deberá recabar criterio técnico de la jefatura del Proceso de Seguridad Cantonal y la Gerencia de Recursos Humanos y Materiales, para dictar la resolución administrativa correspondiente.

f. Personal que labore en el mantenimiento de edificios o vehículos municipales, se fija un porcentaje del 5%.

Segundo: Comisionar a la Secretaría Municipal para que se proceda a publicar la modificación al Artículo 47 del Reglamento Autónomo de Servicios de la Municipalidad de Escazú en el Diario Oficial La Gaceta por única vez en razón de tratarse de un Reglamento Interno. Notifíquese este acuerdo al señor Alcalde Municipal en su despacho para lo de su cargo”. Declarado definitivamente aprobado.

Licda. Priscilla...

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