Resolución. MUNICIPALIDAD DE ESPARZA

Fecha de publicación16 Diciembre 2021
Número de registroIN2021609410
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESPARZA

El Concejo Municipal de Esparza, según lo establecido en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, 3, 4 inciso a), 13 inciso d), y 43 del Código Municipal, mediante acuerdo tomado en sesión de fecha 30 de noviembre de 2021, según Artículo I, Inciso 2, del Acta 125-2021, acuerda aprobar en forma definitiva la Reforma al Reglamento de Inversiones Financieras de la Municipalidad de Esparza.

REFORMA AL REGLAMENTO DE INVERSIONES FINANCIERAS DE LA MUNICIPALIDAD DE ESPARZA

Artículo 1º—Se modifican los artículos 8 y 11 del Reglamento de Inversiones Financieras de la Municipalidad de Esparza, para que se lean de la siguiente manera:

“Artículo 8—La Municipalidad podrá destinar los excedentes financieros de la operación a inversiones transitorias, siempre y cuando no se entorpezcan los compromisos económicos que debe cumplir. De igual forma no se pueden utilizar recursos de las partidas específicas y las transferencias del Estado para realizar inversiones financieras.

Artículo 11—La colocación de los instrumentos financieros antes mencionados sólo podrá realizarse en el mercado primario en forma directa con respaldo estatal. Queda expresamente prohibido invertir en el Banco Popular y de Desarrollo Comunal (SAFI), a menos que una Ley específica así lo autorice”.

Artículo 2º—Los demás artículos del Reglamento de Inversiones Financieras de la Municipalidad de Esparza quedan incólumes.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Widman Cruz Méndez, Gestor Financiero.—1 vez.—( IN2021609410).

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