MUNICIPALIDAD DE FLORES (IN2018274464)

Número de registroIN2018274464
Fecha de publicación25 Septiembre 2018

Heredia, Flores, San Joaquín, Municipalidad de Flores, en el Cementerio Municipal de Flores, existe un derecho de bóveda de cuatro nichos, ubicada en el bloque C03 lote 36, posee dos placas identificas como se describe a continuación:

Familia Ramírez Herrera.

Juan R. Ramírez A. + 18 febrero 1944, Amelia Herrera Ugalde + 26 oct. 1958, Familia Ramírez Bogantes, Ercilia Rodríguez Solorzano + 2 agosto 1984, Regina Ramírez Herrera 20 setiembre 1995.

El señor Álvaro Ramírez Sandí, cédula identidad 400930583, solicita ser designado como “arrendatario” de la bóveda, ya que es quien le ha dado el mantenimiento y mantiene el interés de conservar el derecho y cancelar los servicios de mantenimiento en virtud que quien descansa en este nicho son sus abuelos, tía y suegra, además desea incluir beneficiario, indicándose así:

Arrendatario: Álvaro Ramírez Sandí, cédula identidad N° 400930583.

Beneficiarios: María Emelina Bogantes Rodríguez, cédula N° 203031000.

Álvaro Ramírez Bogantes, cédula identidad N° 401530375.

Que revisados los ascendentes de los inhumados en dicha bóveda se llega a la conclusión que el señor Álvaro Ramírez Sandí, es sobrino y yerno de los inhumados; al día de hoy no se ha presentado ningún otro familiar interesado en conservar dicho derecho, por lo que la Municipalidad de Flores ha iniciado los trámites pertinentes y necesarios, de conformidad con el actual Reglamento del Cementerio Municipal y el artículo 1° de la ley 704 del 07 de setiembre de 1949, a fin de incluir como arrendatario y beneficiarios a los solicitantes. Por lo tanto, se emplaza por el término de treinta días hábiles a toda aquella persona que pretenda tener derecho sobre la bóveda en referencia para que se apersone a la oficina del Cementerio Municipal de Flores, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se procederá al otorgamiento de arriendo de dicha bóveda a nombre del petente.

Lic. Gerardo Rojas Barrantes, Alcalde Municipal.—1 vez.— ( IN2018274464 ).

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