Resolución. MUNICIPALIDAD DE GARABITO

Fecha de publicación17 Junio 2021
Número de registroIN2021558609
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GARABITO

REFORMA REGLAMENTO COBRO

El Concejo Municipal, del cantón de Garabito, acuerda en sesión en cesión ordinaría N° 58 artículo VI, inciso C, celebrada el 7 de junio del 2021, realizar las siguientes modificaciones al Reglamento para el Proceso de Cobro Administrativo, Extrajudicial de la Municipalidad de Garabito.

Artículo 25.—Inicio de la gestión cobro administrativo. La gestión de cobro administrativo iniciará a las cuentas no vencidas o a partir del día siguiente del vencimiento de la cuenta, por medio de avisos de cobro, notificaciones de forma personal o en el lugar de residencia, mensajería de texto, llamadas telefónicas, correos electrónicos, estos últimos siempre que estén actualizados en el Sistema de Información y Administración Municipal, u otros mecanismos que aperciban al contribuyente al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como solicitar el cierre de negocios que adeuden dos o más trimestres, la generación de intereses moratorios por día de atraso, la notificación a que cancele el monto adeudado en un plazo de quince (15) días naturales o la posibilidad de solicitar un arreglo de pago y la consecuencia de enviar la cuenta a cobro judicial en caso de continuar la omisión. Simultáneamente, se le asignará en el Sistema de información y administración municipal un check de estado a la cuenta, que tiene por objeto generar una alerta de que esta fue trasladada a cobro administrativo. Se notificará en vía administrativa a todos los contribuyentes registrados en la base de datos municipal en los primeros tres meses de cada año, a la dirección registrada, sea física o electrónica, sus respectivas deudas vencidas o no, con esta Corporación Municipal, lo anterior sin perjuicio de realizarlo semestralmente durante el año. A quienes no se localice o no posean dirección, se realizará notificación vía edicto en el Diario Oficial La Gaceta.

Artículo 34.—Informes de los abogados. Los abogados internos y externos deberán presentar a la Alcaldía Municipal, al Concejo Municipal y a la sección de Servicios Financieros, un informe dentro del plazo de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes sobre la gestión de los casos asignados. Lo anterior sin perjuicio de que se solicite extraordinariamente en otras fechas, información del estado de los casos asignados.

Garabito 14 de junio del 2021.—Juan Alonso Araya Ordóñez.— 1 vez.—O. C. N° 2151.—Solicitud N° 274414.—( IN2021558609).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR