MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA - PROYECTO DE REGLAMENTO DE ESTACIONÓMETROS - (PARQUÍMETROS) (IN2019320836)

Fecha de publicación10 Marzo 2019
Número de registroIN2019320836

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Cartago comunica que, en sesión ordinaria realizada el día 23 de diciembre del 2018, en su artículo IV del acta N°206-2018, se aprobó el proyecto de Reglamento de Uso Portal Web-Municipalidad de Cartago, el cual se somete a consulta pública no vinculante por el plazo de diez días hábiles contados a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, de acuerdo al artículo 43 del Código Municipal y que dice de la siguiente manera:

PROYECTO DE REGLAMENTO DE USO PORTAL

WEB-MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

Artículo 1º—Objetivo. El presente reglamento tiene como objetivo normar la creación, alimentación y vigencia de la información-textual y gráfica-en el Portal Web de la Municipalidad de Cartago, vigente con el lanzamiento de la página Web Municipal y sus diferentes portales.

Artículo 2º—De los responsables. Cada unidad, departamento y área municipales propietarias de un portal o información dentro de la página web. es el responsable de la información publicada y de que ésta se encuentre actualizada.

Artículo 3º—Definiciones. Sitio Web, en adelante Portal. Se entiende por “Portal” la información colocada en cualquier servidor Web institucional y que forma parte de un conjunto de contenidos afines. Pueden existir sitios de unidades, departamentos, áreas, grupos y personas que califiquen según la normativa establecida por la Alcaldía Municipal, el Área de TICS y el Área de Cultura y Comunicación.

Artículo 4º—Del administrador de contenidos y responsable. Cada Sitio estará compuesto por un Espacio Virtual, con un administrador de contenidos y responsable.

Artículo 5º—Del responsable administrador de contenidos. El Portal Web y sus diferentes secciones contará con una persona funcionaría municipal por sección, responsable de alimentar y mantener actualizada la información, imágenes, formularios y todo tipo de contenido en línea.

Artículo 6º—Del código de acceso. A cada dependencia municipal se le asignará un código de acceso al portal a fin de que proceda a la alimentación del mismo. El código será registrado en el sistema y permitirá verificar cada uno de los ingresos, sus frecuencias y el tipo de actualización

Artículo 7º—Del procedimiento para ingresar información al portal. De previo al ingreso al portal de agenda de actividades, proyectos, notas de emergencia, comunicados, formularios o de cualquier otra información, la unidad, departamento o área correspondiente deberá de enviar un correo al Área de Cultura y Comunicación, para revisión de forma y contenido de la información que se pretenda ingresar al portal.

Artículo 8º—Aspectos a valorar en la revisión de forma y contenido. En la valoración de forma y contenido, entre otros, se debe revisar la ortografía y el hilo conductor de las imágenes, para garantizar que la información destinada al lector sea de calidad. En temas técnicos el contenido de la información es responsabilidad exclusiva de la unidad, departamento o área municipales.

Artículo 9º—Información disconforme con el formato existente. Cuando el formato existente no permita inclusión de nueva información, la parte interesada debe de presentar la respectiva propuesta al Área de TICS, por medio del Sistema de Gestión de Incidencias. Ello con el fin de que se analice la creación de un nuevo portal o espacio, en forma coordinada por el Área de TICS y el Área de Cultura y Comunicación. La decisión final corresponde a la Alcaldía Municipal.

Articulo 10.—De la calidad e inmediatez de la información. La estructura del Sitio Web debe de satisfacer...

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